Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2005 (31/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
ANEXO 7

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Energia, la aprobacion de la Modificacion de la Resolucion del Consejo Directivo de OSINERG Nº 028-2003OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003, incorporando la escala correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica". CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27699 - "Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG", establece que el Consejo Directivo se encuentra facultado a tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas asi como a graduar las sanciones; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo de OSINERG Nº 028-2003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobo la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERG (en adelante la Escala); Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo OSINERG Nº 011-2004-OS/CD, se aprobo el "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica", el cual establece el procedimiento a seguir por las empresas concesionarias de distribucion para el levantamiento de informacion de deficiencias en sus instalaciones, el reporte de informacion a OSINERG, el manejo de indicadores de tolerancia para deficiencias de riesgo moderado y las multas, a fin de garantizar la seguridad de la poblacion; Que, en consecuencia, a fin de implementar lo dispuesto en el referido Procedimiento, corresponde incluir en la Escala de Multas y Sanciones la tipificacion de las infracciones por no subsanar las deficiencias de riesgo alto que guardan relacion directa con los accidentes de terceros y por las deficiencias no reportadas en el periodo que le corresponda; Que, debemos tomar en cuenta que el objetivo del referido Procedimiento es identificar y subsanar las deficiencias en sus instalaciones de media tension relacionadas con la seguridad publica, por lo que es de suma urgencia implementar la correspondiente Escala de Multas y Sanciones, a fin de garantizar la labor de supervision y fiscalizacion de OSINERG y evitar situaciones de riesgo electrico; Que, en ese sentido, de acuerdo al articulo 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se exceptua la presente modificacion del requisito de prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano por ser considerado de urgencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, Ley Nº 27699 y el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 0542001-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 0552001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar como Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, la escala correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias en Instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion Electrica por Seguridad Publica", el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE LA GERENCIA DE FISCALIZACION ELECTRICA Incumplimiento de lo establecido en el Procedimiento de Fiscalizacion y Supervision de las instalaciones de Media Tension y Subestaciones de Distribucion por Seguridad Publica 1. Multas por deficiencias de riesgo alto que guardan relacion directa con accidentes de terceros Las multas por deficiencias de riesgo alto no subsanados se aplicaran en concordancia a lo senalado en el numeral 8 de la Resolucion OSINERG Nº 011-2004OS/CD. 1.1 Multas por deficiencias de Riesgo Alto en Estructuras de Media Tension (EMT) Se aplicara por la no subsanacion de las siguientes deficiencias: Codigo Deficiencia i (*) 1002 Poste de CAC deteriorado con MORDAZA visible y corroido, Poste de MORDAZA apolillado o podrido, Poste de MORDAZA con rajaduras o agujeros en la base. 1008 Poste inclinado mas de 15° 1034 Poste incumple DMS respecto a edificacion. 1074 Retenida sin aislador de traccion o sin conexion de puesta a tierra (*) Codificacion de acuerdo al Anexo 3 de la Resolucion Nº 011-2004-OS/CD. El calculo se efectuara aplicando la siguiente formula: Multa para la Deficiencia i (M1i ) = C1i * d1i * Nº EMT Total Donde: C1i: Corresponde a la multa unitaria descrita en el siguiente cuadro: Codigo Monto de C1i por tramos segun el d1i Deficiencias (en UIT) i >0y > 1% y > 2% y > 3% y > 4% <= 1% <= 2% <= 3% <= 4% 1002 0.0995 0.2849 0.4077 0.4758 0.5200 1008 0.0562 0.1609 0.2302 0.2687 0.2936 1034 0.0802 0.2298 0.3288 0.3838 0.4194 1074 0.0049 0.0139 0.0200 0.0233 0.0255 UIT: Unidad Impositiva Unitaria d1i: Porcentaje de deficiencias i, calculado mediante la siguiente formula: d1i = Nº de Deficiencias i x 100 (%) Nº de EMT de la Muestra

Donde, Nº de Deficiencias i: Numero de deficiencias detectadas en la muestra supervisada. Se consideran tanto las deficiencias reportadas durante el semestre anterior asi como las no reportadas por la empresa. Nº EMT Total: Numero de Estructuras de Media Tension de la concesionaria. 1.2 Multas por deficiencias de Riesgo Alto en Subestaciones de Distribucion (SED) Se aplicara por la no subsanacion de las siguientes deficiencias

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