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PÆg. 303901 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de noviembre de 2005 casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; constituye también el único título de derecho al sufragio dela persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que, mediante Ley Nº 28362, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de octubre de 2004, se crea eldistrito Teniente Manuel Clavero en la provincia de Maynas,departamento de Loreto; Que, mediante Ley Nº 28509, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de mayo de 2005, se crea eldistrito San Pedro de Putina Punco en la provincia deSandia, departamento de Puno; Que, mediante Ley Nº 28593, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de agosto de 2005, se crea laprovincia de Datem del Marañón en el departamento deLoreto, conformado por los distritos de Barranca,Cahuapanas, Manseriche, Morona, Pastaza y Andoas, asícomo crea éste último; Que, pese a la normatividad existente, sólo un reducido número de ciudadanos han efectuado el trámite de sunuevo domicilio, entre otras causas por razones de tipoeconómico; Que, con el objeto de facilitar el derecho al sufragio de los ciudadanos residentes y siendo política institucionalpriorizar la atención de los sectores menos favorecidos,resulta conveniente otorgar los Documentos de Identidaden forma gratuita, de manera excepcional y por única vez; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Planificación y Presupuesto y enuso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, y el Reglamento de Organización y Funcionesaprobada mediante Resolución Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Emitir gratuitamente por única vez y en forma excepcional, previa inscripción de los ciudadanos,el DNI para los residentes en los nuevos distritos de TenienteManuel Clavero, San Pedro de Putina Punco y Andoas. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Procesos en coordinación con la Gerencia de Informática yEstadística, reimpriman los DNIs de los ciudadanosresidentes en los distritos de Barranca, Cahuapanas,Manseriche, Morona y Pastaza, que anteriormentepertenecían a la provincia de Alto Amazonas,considerándoseles en la provincia Datem del Marañón, parasu entrega en forma gratuita. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Operaciones coordine desplazamientos para las nuevasinscripciones consignadas en el artículo primero de lapresente Resolución, a fin de lograr el mayor número deinscripciones las que para fines electorales se realizaránsólo hasta el 10 de diciembre del año en curso, fecha delcierre del Padrón Electoral. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Operaciones coordine la entrega de los nuevos DNIs delos distritos correspondientes a la nueva provincia de Datemdel Marañón, recabando los anteriores en poder de losciudadanos. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19024 Amplían nœmero de beneficiarios de la campaæa de tramitación y expedición del DNI en forma gratuita para menores de edad en situación de pobreza oabandono RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1112-2005-JEF/RENIEC Lima, 8 de noviembre de 2005 VISTOS: El Informe Nº 039-2005-GRIAS/RENIEC, emitido por la Gerencia de Restitución de la Identidad yApoyo Social, el Oficio Nº 1584-2005-GPP/RENIEC emitidopor la Gerencia de Planificación y Presupuesto, la Hoja deEstudio y Opinión Nº 375-2005-ATEC/RENIEC y el InformeNº 1298-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo,encargado de manera exclusiva y excluyente de lasfunciones de organizar y actualizar el Registro Único deIdentificación de las Personas Naturales, así como, entreotros, de emitir los documentos que acreditan su identidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 248-2005-JEF/ RENIEC, se aprobó la “Campaña de Tramitación y Expedicióndel DNI en forma gratuita para menores de edad en situaciónde pobreza y/o abandono”, estableciéndose que losbeneficiarios serían cien mil (100000) niñas, niños yadolescentes; Que, según el Informe Nº 039-2005-GRIAS/RENIEC, emitido por la Gerencia de Restitución de la Identidad yApoyo Social, encargada de la implementación de laCampaña acotada, al 30 de setiembre de 2005, se habeneficiado a más de noventa y cuatro mil (94000) niñas,niños y adolescentes, habiéndose incrementado lademanda de los DNI para menores de edad en situaciónde pobreza y/o abandono; Que, en tal sentido, la referida Gerencia recomendó la ampliación de la meta de la campaña de tramitación yexpedición del DNI en forma gratuita, para favoreceradicionalmente a treinta mil (30,000) niñas, niños yadolescentes, ampliación que cuenta con la coberturapresupuestal respectiva, según lo expresado por la Gerenciade Planificación y Presupuesto a través del Oficio Nº 1584-2005-GPP/RENIEC; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes,aprobado por la Ley Nº 27337, en toda medida adoptadapor el Estado debe considerarse el Principio del InterésSuperior del Niño y del Adolescente, así como el respetode sus derechos, en cuya virtud resulta viable aprobar laampliación propuesta por la Gerencia de Restitución de laIdentidad y Apoyo Social; y, Conforme las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el incisoh) del artículo 11º del Reglamento de Organización yFunciones del RENIEC aprobado mediante ResoluciónJefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC, y estando a lo opinadopor la Gerencia de Asesoría Jurídica, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la ampliación del número de beneficiarios de la campaña aprobada por ResoluciónJefatural Nº 248-2005-JEF/RENIEC, a treinta mil (30000)niñas, niños y adolescentes en situación de pobreza y/oabandono, que será cubierta por la Fuente de RecursosDirectamente Recaudados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social la implementaciónde lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19025 S B S Autorizan al Banco de CrØdito del Perœ la apertura de oficinas especiales en la provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1598-2005 Lima, 28 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de tres Oficinas