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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G34/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 19 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que elMinisterio de Economía y Finanzas, a través de la Oficinade Inversiones, es la más alta autoridad técnico normativadel Sistema Nacional de Inversión Pública, encargadade dictar las normas técnicas, métodos y procedimientosque rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el artículo 6º inciso 6.2 de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública,dispone que el Sistema Nacional de Inversión Públicaopera durante la fase de inversión a través del SistemaOperativo de Seguimiento y Monitoreo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 158-2001- EF-15 se modificó el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Economía y Finanzas, comoconsecuencia de la reestructuración organizativainstitucional, aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; disponiéndose que la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público desarrollelas funciones de la Oficina de Inversiones que le fueranasignadas en el marco de la Ley del Sistema Nacional deInversión Pública; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, dispone en su artículo 11º que la DirecciónGeneral de Programación Multianual del Sector Público ylas Oficinas de Programación e Inversiones se encuentranfacultadas para realizar coordinadamente el seguimientofísico y financiero de los Proyectos de Inversión Pública,con el objeto de propiciar la oportuna toma de decisiones,en cada Sector, durante la fase de inversión; Que, la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución DirectoralNº 012-2002-EF/68.01, y modificada mediante lasResoluciones Directorales Nºs. 004-2004-EF/68.01, 006-2004-EF/68.01 y 004-2005-EF/68.01, en su artículo 13ºinciso 13.1 dispone que la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público y las Oficinasde Programación e Inversiones, ya sea por suresponsabilidad institucional o funcional, se encuentranfacultadas para realizar coordinadamente el seguimientofísico y financiero de los PIP, ejerciendo dicha facultad através de instrumentos y procedimientos de observanciaobligatoria para todas las Unidades Ejecutoras, por loque corresponde aprobar la aplicación del SistemaOperativo de Seguimiento y Monitoreo; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio deEconomía y Finanzas y la Ley Nº 27293, Ley que crea elSistema Nacional de Inversión Pública, y su Reglamento,aprobado por el Decreto Supremo Nº 157-2002-EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo (SOSEM) del SistemaNacional de Inversión Pública. Apruébese el Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo (SOSEM) del Sistema Nacional de InversiónPública y dispóngase su aplicación obligatoria por lasUnidades Ejecutoras de las entidades y empresas delsector público no financiero del Gobierno Nacional y delos Gobiernos Regionales, para el seguimiento de susproyectos de inversión pública durante la fase deinversión del Ciclo del Proyecto. Artículo 2º.- Objeto del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo El Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo constituye la herramienta del Sistema Nacional deInversión Pública para verificar los avances de laejecución de los proyectos y su correspondencia conlos estudios de preinversión que sustentan la declaratoriade viabilidad de los mismos. Artículo 3º.- Ámbito de aplicación del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo Las Unidades Ejecutoras señaladas en el artículo 1º de la presente Resolución, deberán registrar en el SistemaOperativo de Seguimiento y Monitoreo todos los proyectos de inversión pública que vayan a iniciar suejecución a partir del día siguiente de la entrada envigencia de la presente norma. Artículo 4º.- Instructivo del Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo La Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, en el plazo máximo de quince díascalendario contados a partir de la vigencia de la presentenorma, aprobará, mediante Resolución Directoral elInstructivo del Sistema Operativo de Seguimiento yMonitoreo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Disposición Transitoria Las Unidades Ejecutoras señaladas en el artículo 1º de la presente Resolución, aplicarán de forma voluntariael Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo, a losproyectos de inversión pública que hayan iniciado suejecución antes de la entrada en vigencia de la presentenorma. No obstante ello, la Dirección General deProgramación Multianual del Sector Público podráseleccionar los proyectos en ejecución que deberán serregistrados en el Sistema Operativo de Seguimiento yMonitoreo, para su seguimiento físico y financiero, en elmarco de lo dispuesto por el artículo 11º del Reglamentode la Ley que crea el Sistema Nacional de InversiónPública, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2002-EF. Segunda.- De los Gobiernos Locales Los Gobiernos Locales podrán aplicar de forma voluntaria el Sistema Operativo de Seguimiento yMonitoreo a los proyectos de inversión pública queejecuten. Tercera.- Vigencia La presente norma entra en vigencia el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 19680 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73 /G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G41/G54/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G70/G6F/G72 /G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 584-2005-EF/10 Lima, 18 de noviembre de 2005 Visto el Oficio Nº 1709-2005-PP-EF/16 del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministeriode Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 2 de agosto de 2004, el señor Carlos Figala Sánchez interpuso queja contra elServicio de Administración Tributaria (SAT) de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, por infringir elprocedimiento legal establecido respecto de la cobranzacoactiva de los arbitrios municipales de los años 1999 al2001, así como se deje sin efecto la Resolución de MedidaCautelar Nº 44-18-00008121, recaída sobre su vehículode Placa de Rodaje Nº FQ-6116; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 06753- 3-2004 de fecha 10 de setiembre de 2004, el TribunalFiscal requirió a la Administración a fin que cumpla conenviar original o copia autenticada de los valores quedieron origen al procedimiento de ejecución coactiva, de