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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005Comisión de Procedimientos Concursales Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Re curso Autoridad Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la de que Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y/o Adhesión Apelación Revisión resuelve la de Trámite mático S il. Adm. Sil. Adm. y/o la a la Apelación Revisión (Nota 2) Positivo Negativo Reconsideración 1. Procedimiento Concursal Ordinario a Solicitud de Acreedores 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 96,97% UIT X Secretaria Técnica Gratuito Comisión Delegada 30,00 % UIT Sala de Defensa No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) (Nota 5) de la Comisión de Procede dentro de de Procedimientos Procede dentro de de la Competencia Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad E xclusivamente Procedimientos los 5 días de Concursales los 5 días de Notifi- (Nota 7) c. Sociedades Conyugales ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento los Créditos Concursales notifi cada la resol u- cada la Resolución de identidad Laborales y u ción más el término más el término de la d. Sucesiones Indivisas. se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde consta Previsionales Oficina de la distancia distancia. la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata de una están Descentralizada (Nota 6) ( Nota 6) sucesión intestada. exonerados del Indecopi 2. Nombre o razón social, domicilio estatutario o civil, según corresponda, y actividad económica del pago del deudor 3. Título que acredite la existencia de créditos mayores a 50 UIT y vencidos en más de treinta días 4. Los créditos deberán estar claramente identificados distinguiendo capital, intereses y gastos. En el caso de créditos por intereses deberá indicarse la tasa aplicada y los períodos de la liquidación 5. Informar bajo declaración jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o en caso contrario, informar de la existencia de vinculación con éste, en cualquiera de los supuestosa que se refiere el Artículo 12º de la Ley General del Sistema Concursal 6. En su apersonamiento el Deudor deberá consignar datos de identificación, y asimismo acreditar domicilio, poderes (Nota 4) y existencia para el caso de Personas Jurídicas. Asimismo, deberápresentar la documentación prevista en los literales b), c), f), g), h), e i) del Artículo 25.1 o en elArtículo 25.3, según el caso, así como copia del Balance General, Estado de Ganancias yPérdidas, Estado de Flujo de Efectivos y el Estado de Cambio en el Patrimonio Neto de los últimos dos ejercicios Base Legal: Ley Nº 27809 " Ley General del Sistema Concursal " publicada el 8 de agosto del 2002 2.Procedimiento Concursal Ordinario a Solicitud del Deudor A) Inicio de Procedimiento Concursal Ordinario a pedido de la Propia Empresa: 96,97% UIT X Secretaría Gratuito Comisión Delegada 30,00 % UIT Sala de Defensa No ————— 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: (Nota 5) Técnica Procede dentro de de Procedimientos Procede dentro de de la Competencia Contemplado a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) de la Comisión de los 5 días de Concursales los 5 días de Notifi- (Nota 7) b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad Procedimientos notificada la res olu- cada la Resolución c. Sociedades Conyugales ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su Concursales ción más el término más el término de la documento de indentidad u de la distancia distancia. d. Sucesiones Indivisas. se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública Oficina (Nota 6) ( Nota 6) donde consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, Descentralizada si se trata de una sucesión intestada. del Indecopi 2. Señalar si la causal de inicio del procedimiento es la establecida en el inciso a) o b) del Artículo 24.1 de la Ley General del Sistema Concursal 3. La solicitud presentada por el Deudor deberá expresar la petición de llevar a cabo una reestructuración patrimonial o una disolución y liquidación 4. Resumen ejecutivo fundamentando el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario, la viabilidad económica de la empresa, de ser posible, y los medios para solventar las obligaciones adeudadas 5. Copia del acta de la Junta General de Accionistas o del Órgano correspondiente en la que conste el acuerdo para acogerse al Procedimiento Concursal Ordinario 6. Consignar domicilios y localidades en los que mantenga oficinas o realice actividades productivas. 7. Copia del Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y del Estado de Flujos de Efectivo de los dos (2) últimos años y de un cierre mensual con una antigüedad no mayor de dos (2) meses a la fecha de presentación de la solicitud. De tratarse de personas cuyo monto de obligaciones supera las quinientas (500) UIT, los Estados Financieros referidos deberán encontrarse debidamente auditados y deberá, además, presentarse el dictamen correspondiente. 8. Información de las fuentes de financiamiento a que ha accedido el deudor durante los dos (2) últimos ejercicios, así como la forma en que se ha acordado el retorno de dicho financiamiento y el tiempo que se ha destinado para ello. 9. Copia de las fojas del Libro de Planillas correspondientes al último mes.