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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y la y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. Reconsideración (Nota 2) P ositivo Negativo 5. Renovación de la Acreditación 1. Solicitud según el formato establecido por la Comisión, suscrita por el representante legal de la entidad 90% UIT /G34 Secretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa acreditada. La solicitud debe presentarse 60 días hábiles antes del vencimiento de la Acreditación 120 días de la Comisión de Procede dentro Reglamentos Procede dentro de la inicialmente otorgada, para su procedencia. hábiles Reglamentos de los 15 días Técnicos de los 15 días Competencia 2. Memoria Descriptiva de acuerdo al Formato correspondiente (Nota 5), y Manual de Calidad en caso de (Nota 4 y 7) Técnicos de Notificada la y Comerciales de Notificada la Trib unal de haber realizado cambios respecto a la Acreditación inicialmente otorgada (las Modificaciones indicadas y Comerciales Resolución Resolución In decopi no deben implicar una Solicitud de Ampliación de la Acreditación vigente). u (Nota 8) (Nota 8) Los gastos de la evaluación serán de cuenta del solicitante Descentralizada Base Legal: Res. 0112-2003/CRT-INDECOPI publicada el 17 de enero de 2004 modificada por Res. 002-2005/CRT-INDECOPI (publicada el 22 de enero del 2005) 6. Actualización del Alcance de la Acreditación 1. Solicitud según el formato establecido por la Comisión, suscrita por el representante de la entidad acreditada, Cambio de ? Secret aría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa consignando su RUC. forma 5%UIT 120 días de la Comisión de Procede dentro Reglamentos Procede dentro de la 2. Relación de documentos normativos que desea actualizar por la 1º norma (Nota 4 y 7) Técnicos de Notificada la y Comerciales de Notificada la Competencia 1% por cada y Comerciales Resolución Resolución Trib unal de adicional Indecopi Nota.- Cambio 1. La entidad acreditada deberá pagar inicialmente el importe equivalente al 5% UIT por la primera norma a actualizar de Fondo 2. Si luego de realizar las consultas se determina que el cambio es de Fondo, la entidad acreditada pagará 12%UIT por la un adicional equivalente al 7% UIT por la primera norma. 1º norma 3. Cualquier costo adicional que demande la determinación de la actualización, será asumido por el solicitante. 7% por cada adicional Base Legal: Res. 0112-2003/CRT-INDECOPI publicada el 17 de enero de 2004 modificada por Res. 002-2005/CRT-INDECOPI (publicada el 22 de enero del 2005) Art. 61 7. Acreditación de Entidades de Certificación de Firmas Digitales 1. Solicitud dirigida al Secretario Técnico. 100% UIT ? Secretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa 2. Copia de la Escritura Pública de Constitución de la empresa solicitante (Nota 3). 120 días de la Comisión de Procede dentro Reglamentos Procede dentro de la 3. Memoria Descriptiva, de acuerdo al formato aprobado por la Comisión; así como el organigrama estructural y hábiles Reglamentos de los 15 días Técnicos de los 15 días Competencia funcional. Técnicos de Notificada la y Comerciales de Notificada la Trib unal de 4. Documentos que acrediten el domicilio del país. (Nota 4 y 7) y Comerciales Resolución Resolución In decopi 5. Declaración jurada de contar con la infraestructura e instalaciones necesarias. u (Nota 8) (Nota 8) 6. Declaración de prácticas de certificación y documentación que comprende el sistema de gestión implementado Oficina conforme a los incisos a) y d) del artículo 11 del Reglamento. Descentralizada 7. Declaración jurada del cumplimiento de los requisistos señalados en los incisos b) y c) del artículo 11 del Reglamento. 8. Informe favorable de la entidad sectorial correspondiente, cuando lo solicite la autoridad administrativa competente, en caso de personas jurídicas supervisadas. 9. Constancia de pago de los derechos administrativos correspondientes,Los gastos de la auditoría serán de cuenta del solicitante. Base Legal: Ley 27269 Ley de Firmas y certificados Digitales publicada el 28 de mayo de 2000, modificada por Ley 27310 del 17 de Julio del 2000 D.S. 019-2002-JUS Reglamento de la Ley 27269 publicado el 18 de mayo de 2002, modificado por el D.S. 024-2002-JUS (publicado el 12 de julio del 2002) Res. 0103-2003/CRT-INDECOPI publicada el 5 de noviembre de 2003 8. Acreditación de Entidades de Verificación / Registro de Firmas Digitales 1. Solicitud dirigida al Secretario Técnico. 100% UIT /G34 Secretaría Técnica 10% UIT Comisión de 10% UIT Sala de Defensa 2. Copia de la Escritura Pública de Constitución de la empresa solicitante (Nota 3). 120 días de la Comisión de Procede dentro Reglamentos Procede dentro de la 3. Memoria Descriptiva, de acuerdo al formato aprobado por la Comisión. hábiles Reglamentos de los 15 días Técnicos de los 15 días Competencia 4. Declaración jurada de contar con la infraestructura e instalaciones necesarias. (Nota 4 y 7) Técnicos de Notificada la y Comerciales de Notificada la