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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Re curso Autoridad Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la de que Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y/o Adhesión Apelación Revisión resuelve la de Trámite mático S il. Adm. Sil. Adm. y/o la a la Apelación Revisión (Nota 2) Positivo Negativo Reconsideración 2. Identificación del deudor concursado exonerados término de 3. Copia de la documentación que sustente el reconocimiento de sus creditos, indicando los del pago la distancia montos por concepto de capital, intereses y gastos liquidados a la fecha de publicación del aviso (Nota 3) (Nota 6) de difusión del inicio del procedimiento. 4. Copia de la documentación que acredite la existencia de garantías constituidas sobre los bienes del deudor. 5. Informar bajo declaración jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con su Deudor, o en caso contrario, informar de la Existencia de Vinculación con éste, en cualquiera de los casos aque se refiere el Artículo 12º de la Ley General del sistema Concursal 6. Presentar copia de la documentación presentada, a efecto de correr traslado a la otra parte. Base Legal: Ley Nº 27809 "Ley General del Sistema Concursal" publicada el 8 de agosto del 2002 5. Oposición del deudor a la solicitud de reconocimiento o ampliación de créditos 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio del deudor.Asimismo, en caso no se 0 % UIT Secretaría Técnica 4,85% UIT 4,85% UIT ————— hubiera apersonado anteriormente al procedimiento concursal, el deudor deberá presentar, según de la Comisión El acto El acto sea el caso, la siguiente documentación: de Procedimientos administrativo administrativo a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) Concursales materia de materia de b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad o, en su u impugnación es impugnación es defecto, indicar el número del mismo. Oficina Descentra- el emitido con el emitido con c. Sociedades Conyugales ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento lizada del Indecopi ocasión del ocasión del de indentidad pronunciamiento pronunciamiento d. Sucesiones Indivisas. se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde relativo al relativo al consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata procedimiento de procedimiento de de una sucesión intestada. reconocimiento de reconocimiento de 2. Identificación de la solicitud de reconocimiento de créditos materia de oposición. créditos créditos 3. Fundamentos de hecho y derecho en los que se sustenta la oposición. En caso se adjuntara contemplado en el contemplado en el documentación probatoria, ésta deberá encontrarse detallada en el escrito respectivo. ítem 4 del ítem 4 del Base Legal: Ley Nº 27809 "Ley General del Sistema Concursal" publicada el 8 de agosto del 2002 presente TUPA presente TUPA 6. Oposición al reconocimiento de créditos conciliados ante la Secretaría Técnica (Nota 3) 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 50% UIT X Secretaría 10% UIT Comisión Delegada 10% UIT Sala de Defensa No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) Procede (Nota 5) Técnica Procede dentro de Procedimientos Procede de la Competencia contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad dentro de los de la Comisión de los 5 días de Concursales dentro de (N ota 7) c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su 5 días de Delegada de Notificada la los 5 días documento de indentidad publicado el Procedimientos Resolución de d. Sucesiones Indivisas. se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde aviso Concursales u más el término de Notificada la consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata de elaborado por Oficina la distancia Resolución una sucesión intestada. la Secretaría Descentralizada (Nota 6) más el 2. Identificación de la empresa deudora y del supuesto reconocimiento de créditos fraudulento. Técnica del Indecopi término de 3. Copia de la documentación sustentatoria que acredite la existencia del fraude, así como de todos detallando el la distancia los aspectos relativos al mismo contenido de (Nota 6) 4. Adjuntar copia de toda la documentación presentada, a efectos de correr traslado a la otra parte, sus de ser el caso resoluciones Base Legal: Ley Nº 27809 " Ley General del Sistema Concursal " publicada el 8 de agosto del 2002 7. Ampliación de Créditos 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 3% del Crédito X Secretaría 3% del Crédito Secretario Técnico 3% del Sala de Defensa No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4) Invocado hasta (Nota 5) Técnica Controvertido o Crédito de la Competencia Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad 80% UIT de la Comisión hasta Comisión Delegada Controvertido (N ota 7) c. Sociedades Conyugales , ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su Delegada de 20% UIT de Procedimientos hasta documento de indentidad Procedimientos Procede Concursales 1 UIT