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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005 Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Re curso Autoridad Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la de que Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y/o Adhesión Apelación Revisión resuelve la de Trámite mático S il. Adm. Sil. Adm. y/o la a la Apelación Revisión (Nota 2) Positivo Negativo Reconsideración 10. Relación detallada de sus obligaciones de toda naturaleza, precisando la identidad y domicilio de cada acreedor, los montos adeudados por concepto de capital, intereses y gastos y la fecha de vencimiento de cada una de dichas obligaciones. La relación debe incluir las obligaciones de carácter contingente precisando en estos casos la posición de ambas partes respecto de su existencia y cuantía. La información referida tendrá una antigüedad no mayor de dos (2) meses de la fecha de presentación de la solicitud ; así como deberá reflejar las obligaciones del deeudor contenidas en el Balance General presentado y encontrarse conciliada con el mismo 11. Relación detallada de sus bienes muebles e inmuebles y de sus cargas y gravámenes, así como los titulares y montos de los m ismos. Dicha relación debe tener una antigüedad no mayor de dos (2) meses a la fecha de presentación de la solicitud, así como deberá encontrarse ajustada a valores contables o de tasación y señalarse cuál de los dos criterios se siguió. Dicha información deberá reflejar los bienes del deudor contenidos en el Balance General presentado y encontrarse conciliado c on el mismo 12. Relación detallada de sus créditos por cobrar, indicando sus posibilidades de recuperación.13. Documentación que acredite ser contribuyente activo ante la administración tributaria.14. Informar bajo declaración jurada que no mantiene ningun tipo de vinculación con sus acreedores o, caso contrario, informar de la existencia de vinculación con alguno o algunos de éstos, en cualquiera de los supuestos detallados en el Artículo 12º de la Ley General del Sistema Conc ursal. 15. La totalidad de la información señalada debe ser presentada, además en disco magnético u otro medio análogo según las espec ificaciones que dé la Comisión. Base Legal: Ley Nº 27809 " Ley General del Sistema Concursal " publicada el 8 de agosto del 2002 B) Inicio del Procedimiento Concursal Ordinario a pedido de Persona Natural, Sociedad Conyugal y Sucesiones Indivisas 1. No es necesario acompañar la documentacion detallada en los literales d), e), y f) del artículo 25.1 de la Ley General del S istema Concursal. 2. Para acogerse al procedimiento, deberán cumplir con señalar si se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:a) Que más del 50% de sus ingresos se deriven del ejercicio de una actividad económica desarrollada directamente y en nombre pr opio. b) Que más de las 2/3 partes de sus obligaciones se hayan originado en actividad empresarial desarrollada por ellos y/o por ter ceras personas, respecto de las cuales hayan asumido el deber de pago de las mismas. 3.Procedimiento Concursal Preventivo 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 60,00% UIT X Secretaría Gratuito Comisión Delegada 30,00 % UIT Sala de Defensa No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) (Nota 5) Técnica Procede dentro de Procedimientos Procede de la Competencia Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad de la Comisión de de los 5 días de Concursales dentro de (N ota 7) c. Sociedades Conyugales ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su Procedimientos Notificada la los 5 días documento de indentidad Concursales Resolución de d. Sucesiones Indivisas. se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde u más el término de Notificada la consta la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, Oficina la distancia Resolución si se trata de una sucesión intestada. Descentralizada (Nota 6) más el 2. Toda la documentación exigida para el inicio del Procedimiento Concursal Ordinario a Pedido del Indecopi término de la del Deudor, con excepción de los requisitos detallados en los numerales 2 y 3 del distancia acápite anterior (Nota 6) 3. Informar bajo declaración jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con sus acreedores o caso contrario, informar de la existencia de vinculación con alguno o algunos de éstos, encualquiera de los supuestos detallados en el Artículo 12º de la Ley General del sistema Concursal Base Legal: Ley Nº 27809 "Ley General del Sistema Concursal" publicada el 8 de agosto del 2002 4. Reconocimiento de Créditos 1. Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 3% del X Secretaría 3% del Crédito Secretario Técnico 3% del Sala de Defensa No ————— a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la existencia y los poderes (Nota 4) C rédito (Nota 5) Técnica Controvertido o Crédito de la Competencia Contemplado b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad o, en su I nvocado de la Comisión hasta 20% UIT Comisión Delegada Controvertido (N ota 7) defecto, indicar el número del mismo. hasta Delegada de Procede dentro de Procedimientos hasta c. Sociedades Conyugales ambos cónyuges deberán presentar copia simple de su documento 80% UIT Procedimientos de los 5 días de Concursales 1 UIT de indentidad Concursales u Notificada la (solamente las Procede d. Sucesiones Indivisas. se deberá presentar copia simple de la Escritura Pública donde consta Oficina Resolución res oluciones de esta dentro de la declaración de herederos, o de la resolución judicial correspondiente, si se trata de una Descentralizada más el término última son recurribles) los 5 días sucesión intestada. Los créditos del Indecopi de la distancia de Dicha solicitud deberá consignar la declaración expresa e Indubitable de que el solicitante se Laborales y (Nota 6) Notificada la encuentra de acuerdo con el monto señalado por el Deudor como crédito a su favor, a Previsionales Resolución partir de la relación de obligaciones presentada están más el