Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2005 (21/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2005

En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, la titular se encuentra obligada a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 7º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 8º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 19702

Que, los articulos 201º y 205º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senalan que para obtener la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es necesario cumplir con los requisitos que en dicha MORDAZA se detalla, MORDAZA aplicable en virtud del mandato contenido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television; asimismo debe acompanarse el proyecto de comunicacion, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del acotado Reglamento; Que, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1082-2005MTC/17.01.ssr, precisa que la planta transmisora de la estacion de radiodifusion autorizada a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., esta ubicada en el distrito de MORDAZA, y, asimismo, opina que la estacion se encuentra en aptitud tecnico y legal para continuar operando el servicio de radiodifusion y cumple con los requisitos tecnicos y legales correspondientes, por lo que emite su conformidad a la solicitud de renovacion de la citada empresa, asi como la adecuacion del MORDAZA de emision conforme a lo establecido en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobados por Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03; y, Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Servicio Frecuencia Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion Estudios : : : : FM 96.1 MHz OCZ-7X 256KF8E

Renuevan autorizacion otorgada a empresa para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 554-2005-MTC/03 MORDAZA, 16 de noviembre de 2005 VISTA, la Solicitud Registro Nº 2001-008550, presentada por la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., sobre renovacion de autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 209-94-TCC/15.04, del 20 de MORDAZA de 1994, se autorizo, a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, hasta el 28 de setiembre de 2001, la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 069-2001MTC/15.19 del 16 de MORDAZA de 2001, se autoriza a la EMPRESA RADIODIFUSORA COMERCIAL SINFONIA EN STEREO E.I.R.L., el cambio de MORDAZA de emision y de ubicacion de la planta transmisora de la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), al Cerro Picchu, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Cusco; Que, conforme el articulo 15º de la Ley de Radio y Television, concordando con el ar ticulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;

: 500 W : : Urb. El Ovalo Nº C-3, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste : 71°57'36" Latitud Sur : 13°31'12" : Cerro Picchu, distrito, provincia y departamento de Cusco. Coordenadas Geograficas Longitud Oeste : 71°59'48" Latitud Sur : 13°30'37" : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

Planta

MORDAZA de Servicio

Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, en consecuencia vencera el 28 de setiembre de 2011. La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3º.- La Titular de la autorizacion esta obligada a trasladar la planta de transmision de la estacion fuera del perimetro MORDAZA en el plazo de siete (7) anos, computados a partir del 1 de MORDAZA de 2005, de acuerdo a

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