Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2005 (21/11/2005)


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RESOLUCION JEFATURAL Nº 1074-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2005

Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19584 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1075-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de octubre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1611-2005-GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 1140-2005-GAJ/RENIEC de fecha 22 de setiembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 2 de agosto de 1984 obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 16523886, en merito al MORDAZA de reinscripcion de la Inscripcion Nº 5909179 (siete digitos). Posteriormente, el referido ciudadano, mediante el Formulario de Identidad Nº 10271663 de fecha 11 de marzo del 2000, solicita el duplicado de la citada inscripcion; Que, con fecha 29 de agosto de 1984, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 16455462 en el entonces Registro Electoral de Lambayeque. Asimismo, a traves del Formulario de Identidad Nº 09928340 de fecha 28 de marzo del 2000, solicita el duplicado de la Inscripcion Nº 16455462; Que, el ciudadano que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el Formulario de Identidad Nº 08440487 de fecha 29 de agosto del 2001, solicita su inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 239/2003/UDGIA/GP/RENIEC, emitido por la unidad pericial del RENIEC, se determina que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registro su firma e impresion dactilar en la Partida de Inscripcion Nº 16455462 y adjunto fotografia del verdadero ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, usurpando la identidad de este ultimo; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, previstos y sancionados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsable; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en

VISTO: el Oficio Nº 10341-2004/GP/SGDAC/RENIEC, el Informe Nº 242-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Oficio Nº 1286-2005/GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 1005-2005-GAJ/RENIEC de fecha 22 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, con fecha 21 de MORDAZA de 1991, obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 09841392, registra como fecha y lugar de nacimiento el 16 de MORDAZA de 1973 en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, de estado civil casada; Que, posteriormente, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, con fecha 17 de MORDAZA de 1994, obtuvo una MORDAZA Inscripcion Nº 25789600, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registra como fecha y lugar de nacimiento el 16 de MORDAZA de 1973 en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, de estado civil soltera; Que, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 020/2004/GP/BG/RENIEC, adjunto a los documentos del visto, se concluye que las impresiones dactilares y fotografias que obran en las Partidas de Inscripcion Nº 09841392 y Nº 25789600, pertenecen a una misma persona biologica; Que, del analisis efectuado, se tiene que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, obtuvo en forma irregular una MORDAZA inscripcion Nº 25789600, en la cual declara como estado civil soltera, sin embargo de su Inscripcion Nº 09841392, se establece que posee el estado civil de casada, por lo cual se tiene que ha proporcionado MORDAZA inexacto; Que, aun cuando se ha procedido administrativamente, esto es la exclusion definitiva de la inscripcion obtenida en forma irregular, el hecho descrito en el considerando precedente, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA GONZALES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por delito contra la Fe Publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro

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