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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 030-05-UNS-FI-GNRP del 12.07.2005 y Carta del 28.10.2005, el M.Sc. Gilbert NiloRodríguez Páucar, solicita autorización para realizar unacapacitación sobre caracterización de bacterias lácticas por medio de Kits API, selección de bacterias bífidas de origen humano en el Laboratorio de Cultivos Lácticos dela Universidad Federal de Vicosa - Brasil, a llevarse acabo del 28 de noviembre al 9 de diciembre del presenteaño; asimismo, precisa que contará con el apoyo de losprofesores M.Sc. Damián Manayay Sánchez e Ing. Elza Berta Aguirre Vargas, para asumir su carga lectiva, los cuales son sustentados con las Cartas de Compromisocorrespondientes, y por último, solicita el apoyoeconómico respectivo; Que, mediante Oficio Nº 266-UNS-FI-DAA/J del 03.10.2005, la Jefatura del Dpto. Académico de Agroindustria, comunica que en reunión de docentes de dicho Departamento sostenida el 21.09.2005, se acordóremitir la petición del docente recurrente a fin de que sebrinde la atención oportuna para la autorización decapacitación y los viáticos correspondientes; Que, mediante Oficios Nº 126-2005-UNS-CFI-P y Nº 1114-2005-UNS-DFI, recepcionados el 12.10.2005 y 31.10.2005, respectivamente, el Presidente del Consejode Facultad de Ingeniería, comunica que el Consejo deFacultad en su Sesión Extraordinaria Nº 16-2005 del10.10.2005, acordó aprobar la solicitud presentada porel M.Sc. Gilbert Rodríguez Páucar, docente adscrito al Dpto. Académico de Agroindustria, a fin de asistir a una Capacitación en el Laboratorio de Cultivos Lácteos de laUniversidad de Vicosa en Brasil, reprogramado para losdías 28 de noviembre al 9 de diciembre del presente añoy solicitar para el referido docente, se le otorgue la licenciacon goce de haber por los días antes mencionados y el apoyo económico correspondiente, de acuerdo a la normatividad vigente y según disponibilidad de la cajafiscal; Que, mediante Oficios Nºs. 829 y 861-2005-UNS- OCP/J, de fechas 19.10.2005 y 03.11.2005,respectivamente, la Oficina Central de Planificación, alcanza los Informes Nº 397 y 418-2005-UNS-OCP/ OPRES, de la Oficina de Presupuesto, en el cual seprecisa que la Autoridad puede autorizar la participacióndel referido docente, afectando el gasto que ello irrogueen la Actividad 1 00199 Desarrollo de la EducaciónUniversitaria, con la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del presupuesto de la UNS; Que, el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria Nº 20-2005 del 3 de noviembre del 2005, acordó autorizarla participación del docente M.Sc. Gilbert RodríguezPáucar en la mencionada capacitación, concediéndolelicencia con goce de haber del 28 de noviembre al 09 de diciembre del año en curso, 1 ½ día de viáticos de conformidad al D.S. Nº 047-2002-PCM del 05.06.2002,pasajes terrestres y aéreos, gastos por Tarifa CORPACy disponer la emisión de la resolución correspondiente; Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado en el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria Nº 20-2005 del 3 de noviembre del 2005, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM y en uso de las atribuciones queconcede la Ley Universitaria Nº 23733; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del señor M.Sc. GILBERT NILO RODRÍGUEZ PÁUCAR, docenteadscrito al Departamento Académico de Agroindustriade la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacionaldel Santa, a la ciudad de Vicosa - Brasil, los días del 28 de noviembre al 9 de diciembre del 2005, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- La Universidad Nacional del Santa cubrirá los gastos siguientes: - Viáticos (1 ½ día a $ 200,00 por día) : US$ 300,00 - Pasajes Terre stres : S/. 80,00- Pasajes aéreos : US$ 646,20 - Tarifa CORPAC : US$ 28,24 - Seguro Internacional : US$ 40,00 Artículo 3º.- PRECISAR que, dentro de los quince días calendarios siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar a la institución un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante elencuentro mencionado, juntamente con la entrega de larendición de cuentas correspondientes a los montosentregados. Artículo 4º.- El egreso que ocasione la aplicación de la presente resolución, se afectará en las asignaciones específicas pertinentes de la Actividad 1 00199Desarrollo de la Educación Universitaria, con la fuentede financiamiento de Recursos Ordinarios delPresupuesto Institucional del Año Fiscal 2005 del Pliego536 de la Universidad Nacional del Santa. Artículo 5º.- DEJAR claramente establecido que los profesores M.Sc. Damián Manayay Sánchez e Ing. ElzaBerta Aguirre Vargas, asumirán bajo responsabilidad, lacarga lectiva del profesor Gilbert Nilo Rodríguez Páucar,conforme a sus cartas de compromiso firmadas. Artículo 6º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y archívese.ESTEBAN HORNA BANCES Rector de la Universidad Nacional del Santa 19721 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G73 /G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G62/G72/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G6D/G65/G74/GE1/G6C/G69/G63/G6F/G73/G2C/G74/G65/G78/G74/G69/G6C/G65/G73/G2C/G20/G70/G6C/GE1/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G2C/G20/G6E/G65/G75/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0092-2005/CRT-INDECOPI Lima, 3 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto LegislativoNº 807, corresponde a la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales, en su calidad de OrganismoNacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicasrecomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conductapara la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normasque figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre ObstáculosTécnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporadoa la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano deNormalización, del cual forman parte el Reglamento deElaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanasy el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización,aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas debenrealizarse con la participación de representantes de todoslos sectores involucrados: producción, consumo ytécnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a)