Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2005 (22/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2005

plazo de 60 dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales de los distritos del departamento declarado en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a afrontar la emergencia presentada, atender a la poblacion afectada, reducir y minimizar los riesgos existentes y rehabilitar las zonas afectadas. Articulo 3º.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 0812002-PCM, aprobara las actividades y proyectos de obras de rehabilitacion en las zonas afectadas que seran presentados por el Gobierno Regional de MORDAZA y por el Sector de Agricultura. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 19832

existentes y a la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, el Ministerio de Agricultura mediante Oficio Nº 580-2005-AG-VM, del 30 de junio de 2005, ha solicitado la declaratoria del Estado de Emergencia por sequia en los distritos MORDAZA mencionados; Que, mediante Oficio Nº 2398-2005-AG-SEGMA, del 16 de setiembre de 2005, el Secretario General del Ministerio de Agricultura ha remitido el Informe Tecnico de la Direccion Regional Agraria de MORDAZA que sustenta la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia en las localidades mencionadas; Que, lo solicitado por el Ministerio de Agricultura, se encuentra previsto en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM, el cual establece que la declaratoria de Estado de Emergencia, podra ser requerida por los titulares de los Ministerios comprometidos en la emergencia, los que canalizaran su solicitud a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil; Estando a la solicitud del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 069-2005-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Estado de Emergencia por desastres naturales de los distritos de Pira, La MORDAZA, Pampas Grande, Huanchay, Pariacoto, Colcabamba y Cochabamba de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA Declarese el Estado de Emergencia por fenomeno de sequia, en los distritos de Pira, La MORDAZA, Pampas Grande, Huanchay, Pariacoto, Colcabamba y Cochabamba de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales de los distritos del departamento declarado en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a afrontar la emergencia presentada, atender a la poblacion afectada, reducir y minimizar los riesgos existentes y rehabilitar las zonas afectadas. Articulo 3º.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 0812002-PCM, aprobara los proyectos de obras y actividades de rehabilitacion en las zonas afectadas que seran presentados por lo Sectores mencionados en el articulo 2º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 19833

Declaran en Estado de Emergencia los distritos de Pira, La MORDAZA, Pampas Grande, Huanchay, Pariacoto, Colcabamba y Cochabamba de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 092-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la ausencia de lluvias en el ambito de los distritos de Pira, La MORDAZA tad, Pampas Grande, Huanchay, Pariacoto, Colcabamba y Cochabamba, ubicados en la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA ha generado sequia, afectando severamente la produccion agropecuaria con una evaluacion de danos en los 7 distritos en 6,703 hectareas de cultivos afectadas, 14,586 MORDAZA de ganado perdidos, 32,936 MORDAZA de ganado afectados, con un total de 3,339 familias afectadas y 526 familias damnificadas; Que, la magnitud de la emergencia demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a los sectores comprometidos, al Gobierno Regional de MORDAZA y a los Gobiernos Locales involucrados, ejecutar las acciones destinadas a la atencion de la poblacion damnificada y afectada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos

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