Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2005 (22/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2005

defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAHAMONDE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FERRER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA WILLIAN MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ROSEMARIE MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CHIPANA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAHAMONDE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FERRER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA WILLIAN MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ROSEMARIE MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. Dr. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19590 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1097-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 3 de noviembre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1650-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 014-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 1155-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 977-2005-GAJ/RENIEC de fecha 18 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria de derecho publico interno, que esta encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; tales como registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demas actos que modifiquen el estado civil de las personas; Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil en coordinacion con la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del RENIEC, en cumplimiento de sus funciones, han detectado que la ciudadana ELEMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o ELEMA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones para el procedimiento registral, obtuvo inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, valiendose para tal efecto de declaraciones falsas, las mismas que fueron insertadas en documento publico y registradas en el Sistema del

Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada al RENIEC; Que, luego del analisis realizado por la citadas unidades, se concluye que la ciudadana en mencion no solo habria insertado datos falsos en el Registro Unico de Identificacion, sino tambien ante los Registros Civiles que funcionan en la Municipalidad Distrital del Tapo y en la Municipalidad Provincial de Tarma, departamento de MORDAZA, al haber obtenido dos actas de nacimiento en forma extemporanea amparandose en la Ley Nº 26497, a sabiendas de contar con una inscripcion anterior asentada en forma ordinaria; tal como se describen en los documentos del visto; Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, ha concluido que la declaracion realizada por la citada ciudadana adolece de falsedad, hecho que motivo se excluya del registro la inscripcion Nº 41940716 mediante Resolucion Nº 017-2004-GP/ SGDAC-RENIEC, en estricto cumplimiento a lo senalado en el articulo 67º inciso 7 del Decreto Ley Nº 14207; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrativamente, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente, dado el hecho que se hizo insertar datos falsos en documento publico; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra ELEMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o ELEMA MORDAZA MORDAZA Y BALDOCEDA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra ELEMA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o ELEMA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 19591 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1098-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 3 de noviembre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 3370-2005-GO/RENIEC, los Informes Nºs. 014 y 016-2005-JRLIM-AC/RENIEC y el Informe Nº 1175-2005-GAJ/RENIEC de fecha 28 de setiembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor

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