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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G37/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de noviembre de 2005 PEREZ o NEDDA MARISELA SALDARRIAGA PEREZ DE PRECIADO y HUMBERTO ROLANDO CARBAJALCASIMIRO; y , De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra NEDDA MARISELA SALDARRIAGA PEREZ o NEDDAMARISELA SALDARRIAGA PEREZ DE PRECIADO yHUMBERTO ROLANDO CARBAJAL CASIMIRO, porpresunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad deFalsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. Dr. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19588 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1080-2005-JEF/RENIEC Lima, 27 de octubre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 3322-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 2579-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 1131-2005-GAJ/RENIEC de fecha 22 de setiembredel 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en supermanente labor fiscalizadora, así como del procesode depuración inherente al procedimientoadministrativo, ha detectado que la ciudadana SUSANA ARMILA RODRIGUEZ MOZO, con fecha 31 de octubre de 1984 obtuvo la Partida de InscripciónNº 06215164, registra como fecha y lugar denacimiento el 24 de octubre de 1954 en el distrito deJulcán, provincia de Otuzco y departamento de LaLibertad, de estado civil casada; Que, mediante el Formulario de Identidad Nº 19845034 de fecha 10 de agosto del 2004, la referida ciudadana,se presentó ante el Consulado General del Perú enMendoza – República de Argentina, solicitando la emisióndel DNI Nº 06215164 a través del trámite de rectificación,declarando como estado civil soltera. Adjunta como documento de sustento copia de Certificado de Soltería de fecha 2 de marzo del 2000, expedido por la Oficina deRegistro de Estado Civil que funciona en la MunicipalidadProvincial del Santa – Chimbote – Ancash; Que, por Oficio Nº 167/2004-DREC-MDS, la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital del Santa – Ancash, remite copia del Acta de Matrimonio Nº 408 a nombre de FELICIANOCASTILLO CORALES y SUSANA ARMILA RODRIGUEZMOZO; Que, de lo anteriormente expuesto, se establece la presunción razonada que la ciudadana y SUSANA ARMILA RODRIGUEZ MOZO ha insertado declaración falsa, respecto a su estado civil, en documento público,esto es el Registro, por lo cual, el hecho antes descritoconstituye indicio razonable de la comisión de presuntodelito contra la Fe Pública, en la modalidad de FalsedadIdeológica, previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente;Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de AsesoríaJurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra y SUSANA ARMILARODRIGUEZ MOZO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra y SUSANAARMILA RODRIGUEZ MOZO, por presunto delito contrala Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica,agravio del Estado y del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. Dr. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 19589 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1081-2005-JEF/RENIEC Lima, 27 de octubre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1645-2005-GP/SGDAC/RENIEC y el Informe Nº 1187-2005-GAJ/RENIEC de fecha 30 desetiembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asícomo del proceso de depuración inherente alprocedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MARIA ESTHER MACHADO ADRIANO, BERNARDINA QUISPE CARBAJAL, VERONICAJOANNA FONSECA BAHAMONDE, CELSO ELMERSANCHEZ ROMERO, RICHARD FERRER GOMEZLAURA, FRANCISCO VALENTIN CONTRERAS oFRANCISCO WILLIAN VALENTIN CONTRERAS, CARMEN ROSA MEJIA TORRES, ROSEMARIE RIOS ALIAGA y JUAN CHAMBI CHIPANA, dada lasimplificación administrativa y en atención al principio deveracidad de las declaraciones en los documentos, sepresentaron a solicitar inscripción en el entonces RegistroElectoral y/o Registro Único de Identificación; Que, realizada la verificación documental correspondiente, se tiene que los datos proporcionadospor los ciudadanos antes citados son inexactos y/oinexistentes, determinándose la falsedad de los mismos; Que, los hechos antes descritos constituyen indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de AsesoríaJurídica, resulta necesario autorizar al ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en