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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (25/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 304906 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de noviembre de 2005 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan viaje del Ministro de Educación a MØxico y encargan suDespacho al Ministro de Energía yMinas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 395-2005-PCM Lima, 24 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Rector de la Universidad de Guadalajara, México, ha cursado invitación al señor Ministro de Educación para que participe en el XIV EncuentroInternacional de Educación a Distancia: "Gestar y Gestionar la Virtualidad, Realidades y Virtualidades en la Educación", en el marco de la XIX Feria Internacional delLibro (FIL), a realizarse en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, México, del 28 de noviembre al 2 de diciembre de 2005; Que, dicho Encuentro se realiza con la participación de destacados académicos del ámbito nacional e internacional para intercambiar opiniones, presentartrabajos y construir las redes de aprendizaje necesarias para que la innovación educativa sea una constante, con la presencia de Perú como invitado especial; Que, el señor Ministro de Educación participará como Conferencista magistral en la conferencia inaugural del evento; Que, los gastos que genere el citado viaje serán asumidos por la entidad organizadora del evento, por lo que no irrogará gasto alguno al Tesoro Público; Que, en consecuencia, es necesario otorgar la autorización de viaje correspondiente y disponer el encargo del Despacho de Educación; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor arquitecto Javier Sota Nadal, Ministro de Educación, a la ciudad de Guadalajara, Jalisco, México, del 28 al 30 de noviembrede 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema no irrogará gasto alguno al Tesoro Público ni dará derecho de exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Educación, al señor Glodomiro Sánchez Mejía, Ministro de Energía y Minas, a partir del 28 de noviembre y mientras dure laausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 20058 Autorizan viaje del Presidente del Consejo de Ministros y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 396-2005-PCM Lima, 24 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, el señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, Presidente del Consejo de Ministros, se ausentará delpaís del 25 al 30 de noviembre de 2005, por motivos de salud; Que, corresponde disponer la encargatura de su Despacho; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, Presidente del Consejo de Ministros,del 25 al 30 de noviembre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Presidente del Consejo de Ministros, al señor Fernando Zavala Lombardi, Ministro de Economía y Finanzas, a partir del 25 de noviembre de 2005 y mientras dure la ausenciadel Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 2007141 Fabricar, almacenar o comercializar artículos MULTA MULTA MULTA Art. 6º, 13º, 14º, 30º y 72º del D.S. pirotécnicos en locales distintos a los autorizados 50% UIT 70% UIT 1 UIT Nº 014-2002-IN por la DICSCAMEC. (MG) decomiso decomiso decomiso y suspensión y suspensión y cancelación 42 Trasladar productos pirotécnicos sin haber MULTA MULTA MULTA Art. 40º y 65º del D.S. Nº 014-2002-IN obtenido la correspondiente Guía de Tránsito y/o 50% UIT 1 UIT 1.5 UIT Resolución de Internamiento expedida por la y decomiso decomiso decomiso DICSCAMEC. (MG) y suspensión y cancelación 43 No llevar actualizado el registro de pirotécnicos MULTA MULTA MULTA Conforme al Reglamento de la Ley Nº 27718. que adquieran insumos químicos controlados. 50% UIT 1 UIT 1.5 UIT (MG) y decomiso decomiso decomiso y suspensión y cancelación 19963Nº INFRACCIONESSANCIONESCONCORDANCIA 1RA. VEZ 2DA. VEZ 3RA. VEZ O MÁS