Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2005 (25/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 25 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Unidad Ejecutora 024 Sede Central 13. Ministerio de Transportes y Comunicaciones Unidad Ejecutora 001 Administracion Central Unidad Ejecutora 007 Provias Nacional Unidad Ejecutora 008 Provias Departamental Unidad Ejecutora 009 Provias Rural 14. Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento Unidad Ejecutora 001 Administracion General Unidad Ejecutora 002 Vivienda y Urbanismo Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento Unidad Ejecutora 004 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento 15. Ministerio de Energia y Minas Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energia y Minas Central Unidad Ejecutora 002 Direccion Ejecutiva de Proyectos DEP 16. Ministerio de Agricultura Unidad Ejecutora 001 Administracion Central Articulo 2º.- Funciones de la Unidad de Compras Corporativas del Plan Piloto Asignase a la Unidad de Compras Corporativas del Plan Piloto las siguientes funciones: a) Proponer la incorporacion de bienes o servicios en el Plan Piloto, asi como de nuevas entidades participantes; b) Definir los tipos y modalidades de procesos de seleccion a ser desarrollados por los Comites Especiales; c) Solicitar informacion a las entidades participantes o a cualquiera de las unidades ejecutoras que integren el pliego presupuestario de estas; d) Formular y proponer los criterios tecnicos para la planificacion, programacion, ejecucion y evaluacion de los procesos de adquisiciones y contrataciones corporativas; e) Brindar asesoramiento administrativo, operativo y legal a los Comites Especiales para el cumplimiento de sus funciones, en coordinacion y con el apoyo y asesoramiento que realizaran las Oficinas Generales de Administracion de cada Entidad Tecnica; f) Aprobar los expedientes de contratacion de los bienes y servicios comprendidos dentro del Plan Piloto; y g) Aprobar las Bases de los procesos de seleccion que se convoquen en el MORDAZA del Plan Piloto. Articulo 3º.- Bases Estandarizadas En un plazo que no excedera del 9 de diciembre de 2005, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, debera aprobar la directiva a que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 073-2005PCM, que contendra las bases estandarizadas a utilizar en los procesos de seleccion del Plan Piloto. Articulo 4º.- Delegacion de facultades Delegase a la Secretaria de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros, con relacion a los procesos de seleccion comprendidos dentro del Plan Piloto de Compras Corporativas Obligatorias, la facultad de designar a los Comites Especiales a que se refiere el numeral 5.3 del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 073-2005-PCM. Articulo 5º.- Conformacion de comites especiales en procesos por subasta inversa En los procesos de seleccion para compras corporativas que se convoquen bajo la modalidad de subasta inversa, los Comites Especiales indicados en el numeral 5.3 del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0462005-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0732005-PCM, estaran conformados, segun corresponda a la naturaleza del bien o servicio, por el representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Presidencia del Consejo de Ministros o Ministerio de Economia y Finanzas, quien lo presidira, y por el integrante designado por la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias del Plan Piloto, quien actuara como secretario. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA - MORDAZA KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 19972

AGRICULTURA
Inician procedimiento administrativo a Forestal Imiria S.R.L. por presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL Nº 045-2005-INRENA-OSINFOR MORDAZA, 18 de noviembre de 2005 VISTO: El Informe Tecnico-Legal Nº 042-2005-INRENAOSINFOR-URAN-USEC, elaborado en forma conjunta por la Unidad de Regulacion y Asuntos Normativos de la OSINFOR, y la Unidad de Supervision, Evaluacion y Control de la referida oficina, que da cuenta de la denuncia contenida en el Informe Nº 396A-2005-INRENA-IFFSDCB-BRIGADA Nº 02, de fecha 04 de MORDAZA de 2005, respecto de las posibles infracciones a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA en que habria incurrido el concesionario Forestal Imiria S.R.L., con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/ C-J-048-02; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de MORDAZA de 2002, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y la empresa Forestal Imiria S.R.L., suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-048-02, para el aprovechamiento de los recursos forestales de la Unidad de Aprovechamiento Nº 103, la cual cuenta con un area de 8,311 ha otorgadas en concesion, ubicada en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 1152004-INRENA-ATFFS-Puc, de fecha 27 de febrero de 2004, se aprueba el Plan de Manejo Forestal para la zafra excepcional, para el aprovechamiento de los recursos forestales maderables en una superficie de 306.6 ha, cuya area se ubica en el distrito de Masisea, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, de otro lado, mediante Resolucion de Intendencia Nº 208-2004-INRENA-IFFS, de fecha 23 de MORDAZA de 2004, se aprueba el Plan General de Manejo Forestal del concesionario en mencion, en una superficie de 8,311 ha, cuya area se ubica en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, asimismo, mediante Resolucion de Intendencia Nº 002-2005-INRENA-IFFS, de fecha 04 de enero de 2005, se aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA Zafra, en PCA 2 una superficie de 379.31 ha, cuya area se ubica en el distrito de Masisea, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, aprobandose, entre otras especies, 15,56 arboles de la especie Caoba y 15,56 arboles de la especie Cedro, con un volumen total de 108.885 m3 y 121.329 m3 respectivamente; Que, el numeral 3.27 del articulo 3º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, reconoce al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, como la Autoridad Administrativa CITES - PERU; Que, el articulo 31º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, establece que la Direccion de Conservacion de la Biodiversidad Forestal y de Fauna MORDAZA, tiene como funcion administrar y operar la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de MORDAZA y Fauna MORDAZA, asi como tramitar el reconocimiento de las autoridades cientificas como punto focal ante la CITES; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 121-2005INRENA, de fecha 01 de junio de 2005, se autoriza la conformacion de cuatro brigadas de trabajo y una Comision de Asesoramiento, que permitan a las Autoridades Administrativa y Cientifica CITES - Peru, y a la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables - OSINFOR, la implementacion del articulo IV de la CITES, en lo relativo a la especie caoba, en el departamento de Ucayali, designandose a sus miembros;

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