Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2005 (25/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 25 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 304913

responden a la verdad de los hechos que ellos afirman; y que el MORDAZA de privilegio de controles posteriores, senala que la tramitacion de los procedimientos administrativos se sustentara en la aplicacion de la fiscalizacion posterior; reservandose la autoridad administrativa, el derecho de comprobar la veracidad de la informacion presentada, el cumplimiento de la normatividad sustantiva y aplicar las sanciones pertinentes en caso que la informacion presentada no sea veraz; Que, el articulo 356º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, establece que la OSINFOR es la autoridad administrativa competente para aplicar las sanciones administrativas correspondientes por el incumplimiento de los contratos de concesion con fines maderables y los planes de manejo forestal respectivos; Que, el articulo 7º del Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, establece que, cuando exista un aparente riesgo que pueda afectar la eficacia de la resolucion a emitir, se podran disponer las medidas cautelares que resulten necesarias, teniendo en cuenta lo dispuesto por los articulos 146º y 236º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que, existen indicios razonables de que el concesionario MORDAZA Pipo Munoz habria incurrido en las causales de caducidad del derecho de concesion senaladas en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordado con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 0142001-AG, por lo que, resulta necesario adoptar las medidas cautelares que aseguren la eficacia de la resolucion a emitir; De conformidad con lo establecido en la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; con el Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; y con el Reglamento para la determinacion de infracciones, imposicion de sanciones y declaracion de caducidad del derecho de aprovechamiento en los contratos de concesion forestal con fines maderables, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Iniciar al concesionario MORDAZA Pipo Munoz, con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-021-02, el procedimiento administrativo unico, previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA, por la presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales a), c) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, concordado con lo establecido en los literales b), e) y f) del articulo 91º-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables otorgado; asi como por contravenir lo dispuesto en los literales i), o), q), t), y w) del articulo 363º del acotado Reglamento, correspondiendole la aplicacion de las sanciones previstas en los articulos 365º y 366º del mismo. Articulo 2º.- Otorgar al concesionario MORDAZA Pipo Munoz, un plazo de 05 (cinco) dias habiles, contados a partir de la fecha de notificacion, para que presente los descargos que considere pertinentes. Articulo 3º.- Dictar la medida cautelar suspendiendo los efectos de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas en el INRENA, para la movilizacion del saldo del volumen de la especie Caoba ( Swietenia macrophylla), autorizado en el Plan Operativo Anual 2004-2005, aprobado mediante Resolucion de Intendencia Nº 273-2004-INRENA-IFFS,

de fecha 02 de septiembre de 2004, que asciende a un total de 53.528 m3, ordenandose al concesionario MORDAZA Pipo Munoz, se abstenga de utilizar las mismas, para la movilizacion del referido volumen. Articulo 4º.- Asimismo, suspendase la entrega de las Guias de Transporte Forestal de productos forestales transformados al concesionario MORDAZA Pipo Munoz, por el saldo del volumen de la especie Caoba (Swietenia macrophylla), autorizado en el Plan Operativo Anual 20042005. Articulo 5º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, para que a traves de las Administraciones Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA ejecute lo dispuesto en la presente Resolucion Gerencial, procediendo a inmovilizar los productos forestales provenientes de la referida concesion, amparados con las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados, por el saldo mencionado en el articulo 3º de la presente Resolucion Gerencial, quedando a salvo los derechos de terceros, quienes podran acreditar sus derechos ante dichos organos, siempre que estos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento administrativo unico. Articulo 6º.- Notificar la presente resolucion al concesionario MORDAZA Pipo Munoz, con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/ C-J-021-02 y a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, para que adopten las medidas necesarias; asimismo, notificar la presente resolucion al Centro de Informacion Estrategica Forestal - CIEF, para que MORDAZA conocimiento de la misma. Articulo 7º.- La documentacion dirigida a la OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA Pucallpa, quien actuara como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo unico. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables 19920

DEFENSA
Amplian la permanencia de cadete del Ejercito para continuar estudios en colegio militar de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 550-2005-DE/EP/A-1.a/1-1/ MORDAZA, 3 de octubre de 2005 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 117 DIEDE/SD PLMTO Y EVAL/A.4.c.3 del 23 de MORDAZA del 2005, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 1016 DE/ EP/CP-JAPE 1-1/ del 27 de diciembre del 2001, se nombro en Mision de Estudios al CADETE I ANO EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar Estudios de Formacion de Oficiales en el Colegio Militar de la Nacion de MORDAZA (Buenos Aires), en el periodo del 2 de enero del 2002 al 31 de diciembre del 2005; Que, el senor General del Ejercito Comandante General del Ejercito, mediante la Hoja de Recomendacion Nº 117 DIEDE/SD PLMTO Y EVAL/A.4.c.3 del 23 de MORDAZA del 2005, aprueba la Ampliacion de Permanencia para continuar sus Estudios de Formacion de Oficiales en el Colegio Militar de la Nacion de MORDAZA al CADETE IV ANO EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 1 de enero al 30 de junio del 2006; Que, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio del 2006, se efectuaran con cargo al presupuesto del Ano Fiscal 2006; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.