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PÆg. 301516 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de octubre de 2005 Coordinación Local Distrital, para informar las propuestas u opiniones que presentarán en las sesiones y concertarlas propuestas conjuntas. c) Presentar al Consejo de Coordinación Local las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones de la sociedad civil distrital,independientemente de su opinión personal sobre el particular. d) Presentar colectivamente informes públicos por escrito luego de cada uno de los períodos de sesionescontemplados en los artículos 102º y 105º de la Ley Orgánica de Municipalidades, sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido, ante todas lasorganizaciones sociales que los eligieron. Artículo 21º.- DE LOS DERECHOS DE LOS REPRESENTANTES Los representantes tienen derecho a: a) Convocar de manera individual o conjunta a los representantes de las organizaciones inscritas en elRegistro de Organizaciones Civiles, a las reuniones decoordinación e información que crean conveniente, de acuerdo a la normatividad vigente. b) Presentar su renuncia debidamente fundamentada ante el Consejo de Coordinación Local Distrital a seguirejerciendo el mandato de representación recibido, c) Solicitar y recibir información del Concejo Municipal, relacionados a las funciones establecidas en la presente norma. Artículo 22º.- DE LA VACANCIA DEL MANDATO Vaca el cargo de los representantes por las siguientes causales: a) Por fallecimiento. b) Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad. c) Por dejar de residir en el distrito.d) Por renuncia.e) Por sobrevenir con posterioridad a la elección, cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser Alcalde o Regidor señaladas por Ley. Será el pleno del Consejo de Coordinación Local el que acuerde la vacancia en reunión expresa convocadapara tal fin. En dicha reunión deberá ser incorporado el nuevo integrante del Consejo de Coordinación Local, en concordancia con el Art. 19º del presente Reglamento. TÍTULO VI: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad de Puente Piedra, abrirá el Libro de Registro de Organizaciones Civiles, al que se refiere el Artículo7º del presente Reglamento, dentro de los cinco (5) díassiguientes a la entrada en vigencia de la presente norma. Segunda.- El Comité Electoral, para fines del proceso tendrá como sede el emplazamiento de la Oficina deParticipación Vecinal de la Municipalidad Distrital dePuente Piedra, dicha dependencia publicará y difundirápúblicamente todo lo relacionado con el procesoeleccionario a que hace referencia esta norma. ANEXO 02 CRONOGRAMA DE LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA 1. Convocatoria: 29 septiembre 2005. 2. Inscripción de Organizaciones Civiles 29 septiembre al y candidatos: 22 octubre 2005. 3. Publicación de listas de candidatos 25 octubre 2005. hábiles y delegados electores, inicio período de tachas: 4. Período de tachas e impugnaciones: 25 a 29 octubre de 2005.5. Publicación de listas consolidadas: 2 noviembre 2005.6. Acto electoral, escrutinio, 6 noviembre 2005. proclamación y juramentación: 7. Instalación del Consejo de 7 noviembre 2005. Coordinación Local Distrital 16841MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Amplían plazo para acogerse a beneficio para regularización de obligaciones sustanciales y formales otorgado por la Ordenanza N” 119-MSI ORDENANZA Nº 129-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO, en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de setiembre de 2005, y; CONSIDERANDO Que mediante Ordenanza Nº 119-MSI publicada el 30 de agosto de 2005, establece facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/o formales, siendo aplicable para todas aquellas personas que tenganpendiente de pago sumas derivadas de obligacionestributarias (tributos y multas) o no tributarias (multasadministrativas) vigentes hasta el 30 de agosto de 2005; Que, es política de la presente administración, el brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales yformales sean de naturaleza tributaria y administrativa; Que, a raíz de la aguda crisis económica que viene atravesando nuestro país, se presentan casos decontribuyentes que mantienen obligaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores con la Municipalidad de San Isidro y que no obstante existir la intención de quererhonrar dichas obligaciones, no cuentan con las facilidadesnecesarias que les permitan lograrlo; Que, el Artículo 41º del TUO del Código Tributario, establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza podrán condonar los intereses y sanciones en forma general a sus contribuyentes; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley Nº 27972y Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenadodel Código Tributario, por Unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA APRUEBA PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 119-MSI QUE ESTABLECIÓ FACILIDADES PARA LA REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES SUSTANCIALES Y/O FORMALES Artículo Primero.- AMPLÍESE hasta el día lunes 31 de octubre de 2005 inclusive, el plazo para acogerse al beneficio de condonación otorgado para la regularizaciónde obligaciones sustanciales y/o formales, establecido enel artículo 3º de la Ordenanza Nº 119-MSI. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas y Gerencia de Finanzas el cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTORegístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase En San Isidro, a los 29 días del mes de setiembre de 2005. JORGE SALMON JORDAN Alcalde 16792 Autorizan viaje de Subgerente de Catastro Integral a EE.UU. en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 106-2005-MSI San Isidro, 20 de setiembre de 2005