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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G35/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de octubre de 2005 DEBE DECIR: ANEXO Nº 1 DE LA ORDENANZA Nº 856 CARGO NIVEL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA F8 GERENTE MUNICIPAL METROPOLITANO F7 GERENTES SECRETARIO GENERAL F6JEFE DE LA OFICINA GENERAL DE CONTROLINSTITUCIONALPROCURADOR PÚBLICO MUNICIPAL SUBSECRETARIA GENERALASESORES II F5 SUBGERENTES F3JEFES DE OFICINAASESORES I 17701 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G61/G6C/G20/G66/G61/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G72/G65/G63/G61/GED/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G45/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65 /G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G35/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G49/G2F/G54/G43/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 183-MJM Jesús María, 17 de octubre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESUS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el dictamen Nº 018-2005-MJM- CPEP de la Comisión de Planificación, Economía y Presupuesto; con el voto UNÁNIME de sus miembros, ycon dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA ADECUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL A LOS ALCANCES DEL FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECAIDO EN EL EXPEDIENTE Nº 00053-2004-PI/TC Artículo Primero.- OBJETO DE LA NORMA.- La presente Ordenanza contiene disposiciones para quela Administración Municipal se adecue al alcance de los efectos vinculantes del Fallo emitido por el Tribunal Constitucional en el Proceso de Inconstitucionalidadrecaido en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC. Artículo Segundo.- ABONOS VOLUNTARIOS.- La Unidad de Tesorería se encontrará facultada a recibir en calidad de “Pago a Cuenta” los abonos voluntarios que efectúen los contribuyentes del distrito, los mismosque tendrán efectos cancelatorios, por concepto de Tasas de Arbitrios Municipales respecto de los ejercicios del 2001 al 2004, por tratarse de períodosfiscales (impagos) no prescritos; abonos que serán considerados por la Gerencia de Rentas en la determinación o liquidación a efectuarse encumplimiento de la Ordenanza que se expida para talefecto, cuya vigencia será a partir del 1 de enero del Ejercicio 2006; de ser el caso. Artículo Tercero.- VALORES Y DOCUMENTOS.- Establecer que los documentos emitidos por la Gerenciade Rentas, referidos a Arbitrios Municipales de períodos anteriores al ejercicio 2005; a partir de la fecha adquieren la calidad de “Documentos Referenciales o Informativos”;no pudiendo ser utilizados en ningún caso y bajo ninguna forma, modalidad o circunstancia, como “Resolución de Determinación”, Resolución de Ejecución Coactiva uotro. Artículo Cuarto.- DISPOSICIONES COMPLEMEN- TARIAS.- Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias ycomplementarias necesarias para el cumplimiento y desarrollo de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- VIGENCIA DE LA NORMA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano;feneciendo sus efectos indefectiblemente el 31 de diciembre del 2005. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 17702 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G38/G2D /G4D/G4A/G4D/G20/G74/G69/G65/G6E/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G31/G38/G20/G64/G65/G6F/G63/G74/G75/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G61/G6C/G20/G68/G61/G62/G65/G72/G20/G63/G75/G6C/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G6C/G6F/G73/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G70/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G76/GED/G61/G20/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61 ORDENANZA Nº 185-MJM Jesús María, 17 de octubre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordinaria de la fecha, Visto el Informe Nº 160-2005-MJM/ GR, de la Gerencia de Rentas, con dispensa de trámitede Comisión, con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer que la Ordenanza Nº 138-MJM, de fecha 29 de marzo de 2004 vence el 18 de octubre de 2005 al haberse finalizado los procesos de depuración y saneamiento de valores envía coactiva. Articulo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas a través de la Unidad de Ejecución Coactiva y ala Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaría General su publicación respectiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 17703