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PÆg. 302664 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de octubre de 2005 PCM Modifican la R.S. N” 277-2005-PCM que autorizó viaje del Ministro de Agricultura a EE.UU., RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 339-2005-PCM Lima, 19 de octubre de 2005CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 277-2005- PCM, se autorizó el viaje del ingeniero Manuel Reynaldo Joaquín Manrique Ugarte, Ministro de Agricultura, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 al 17 de setiembre de 2005, con la finalidad que formara parte de la delegación que acompañó al Presidente de la República, del 13 al 19 de setiembre del 2005, en la visita oficial que realizó al mencionado país; Que, el Ministro de Agricultura como parte de la delegación oficial, participó del 14 al 19 de setiembre de 2005 en el período de sesiones de la Asamblea General de la ONU en la ciudad de Washington D.C., por lo que resulta necesario modificar la Resolución Suprema N° 277-2005-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25902, Decreto Legislativo N° 560, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Ley N° 28427 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, y el Decreto de Urgencia N° 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema N° 277-2005-PCM, que autorizó el viaje del ingeniero Manuel Reynaldo Joaquín Manrique Ugarte, Ministro de Agricultura, del 14 al 17 de setiembre de 2005 a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, en el extremo referido a su permanencia en el citado país, debiendo entenderse que se realizó del 14 al 19 de setiembre de 2005. Artículo 2º.- Como consecuencia de la modificación a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución deberá incrementarse los viáticos asignados al señor Ministro de Agricultura en Cuatrocientos cuarenta y 00/100 Dólares Americanos (US $ 440.00). Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO - PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 17873 Modifican R.S. N” 319-2005-PCM que autorizó viaje de funcionaria delINDECOPI para realizar pasantía enEspaæa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 340-2005-PCM Lima, 19 de octubre de 2005 Vista, la Carta Nº 643-2005/GEG-INDECOPI, del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 319-2005- PCM se autorizó el viaje al exterior de la señora Luz Amanda Tellería Segalá, Jefa del Centro de Información y Documentación del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 8 al 15 de octubre de 2005, con la finalidad de realizar una pasantía en el Centro de Información y Documentación de la Asociación Española de Normalización y Certificación - AENOR; Que, de conformidad con la carta del visto se solicita la reprogramación del referido viaje para el período comprendido entre el 17 y 21 de octubre de 2005; Que, en consecuencia resulta pertinente modificar la Resolución Suprema Nº 319-2005-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 319- 2005-PCM, en el sentido de reprogramar el viaje de la señora Luz Amanda Tellería Segalá, Jefa del Centro de Información y Documentación del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, para el período comprendido entre el 17 y 21 de octubre de 2005. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 17874 AGRICULTURA Autorizan excepcionalmente aprovecha- miento y movilización del producto extraido del Ærbol de la shiringa ocaucho DECRETO SUPREMO Nº 040-2005-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2000-AG, se declara de interés nacional el aprovechamiento sostenible y la transformación con fines industriales y comerciales del látex del árbol de caucho de bosques primarios, para promover el desarrollo socioeconómico de la región amazónica y contribuir a la recuperación de suelos deforestados en áreas en condiciones para la reforestación o el establecimiento de plantaciones de esta especie; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, dispone que para la recolección de látex, entre otros productos del bosque, con fines industriales y/o comerciales, en los bosques de producción permanente y en los bosques en tierras de protección, se otorgan Concesiones para otros Productos del Bosque, así mismo el artículo 125° señala que en los bosques de producción en reserva, en los bosques locales, en bosques en tierras de comunidades, o de propiedad privada, en plantaciones forestales y en otras formaciones vegetales, el manejo y aprove- chamiento de recursos forestales no maderables, se realiza mediante permisos y autorizaciones; Que, el artículo 66º de la precitada norma, señala que en las concesiones forestales con fines maderables, sus titulares pueden efectuar, bajo su responsabilidad, el aprovechamiento, directamente o a través de terceros, de otros recursos de flora y fauna silvestre existentes en