Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2005 (20/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2005

cuenta con la previa aprobacion de la Autoridad Portuaria Nacional. Articulo 2º.- Ratificar que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y el Convenio MORDAZA de Cooperacion suscrito entre la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION y la Autoridad Portuaria Nacional. Corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional la conduccion de los procesos de promocion de la inversion privada en los puertos de titularidad publica nacional, para lo cual cuenta con el apoyo de PROINVERSION, por intermedio del Comite de PROINVERSION en Infraestructura y Servicios Publicos, constituido por Resolucion Suprema Nº 444-2001-EF, modificada por Resoluciones Supremas Nº 228-2002-EF y Nº 009-2003-EF. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17875

la entrega en concesion de los tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Centro del "Plan de Accion para la Integracion de la Infraestructura Sudamericana - IIRSA". Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17876

Declaran infundado recurso de queja interpuesto contra el Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 512-2005-EF/10

MORDAZA, 19 de octubre de 2005 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el senor MORDAZA Ching MORDAZA contra el Tribunal Fiscal; CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de setiembre del 2005 el senor MORDAZA Ching MORDAZA interpuso recurso de queja ante el Ministro de Economia y Finanzas contra el Tribunal Fiscal por no haber emitido tempestivamente, resolucion para dar fin al procedimiento contencioso tributario de acuerdo a lo previsto en el articulo 155º del Codigo Tributario; Que, en su descargo, efectuado mediante Informe Nº 1522005-EF/41.07 de fecha 28 de setiembre de 2005 y Memorando Nº 0228-2005-EF/41.05 de fecha 4 de octubre de 2005 remitidos mediante el Oficio Nº 6792-2005-EF/41.01 de fecha 4 de octubre del 2005, el Tribunal Fiscal remitio sus descargos senalando que si bien de acuerdo al articulo 150º del Codigo Tributario el Tribunal Fiscal debe resolver las apelaciones dentro del plazo de seis meses contados a partir de que ingresan los actuados, dicha demora obedece a causa justificada conforme a lo establecido en el articulo 144º del Codigo Tributario, consistente en la enorme carga procesal que soporta, la cual se origina en la actividad fiscalizadora de las Administraciones Tributarias y en el hecho de ser el Tribunal Fiscal un organo que resuelve apelaciones formuladas respecto de todas las Administraciones Tributarias de la Republica; Que, el Informe Nº 0049-2005-DEFCON de la Defensoria del Contribuyente y del Usuario Aduanero -emitido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EFsenala que se desprende del descargo del Tribunal Fiscal que la falta de oportuna asignacion a Sala y correspondiente resolucion de los expedientes que ingresan al Tribunal se debe a la excesiva carga procesal que este soporta y, por el hecho de que segun los planes de trabajo que disena dando cumplimiento al numeral 1 del articulo 148º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la tramitacion de expedientes debe ser por estricto orden de ingreso; Que, finalmente, en el referido informe se concluye que si bien el Tribunal no ha cumplido con resolver la apelacion formulada en los plazos previstos en la ley, esto ha sucedido por motivos que constituyen causa justificada eximente en los terminos de lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 144º del Codigo Tributario; De conformidad con lo establecido en los Articulos 144º y 155º del Codigo Tributario y estando a lo informado por la Defensoria del Contribuyente y del Usuario Aduanero al MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 050-2004-EF, modificado mediante Decreto Supremo Nº 167-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por el senor MORDAZA Ching MORDAZA

Ratifican acuerdo de PROINVERSION que modifica Plan de Promocion de la Inversion Privada para entrega en concesion de tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Centro del "Plan de Accion para la Integracion de la Infraestructura Sudamericana IIRSA"
RESOLUCION SUPREMA Nº 137-2005-EF

MORDAZA, 19 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 3 de octubre de 2003 aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para el otorgamiento en concesion de los tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Centro del "Plan de Accion para la Integracion de la Infraestructura Sudamericana - IIRSA" y que fue ratificado mediante Resolucion Suprema Nº 206-2003-EF; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 2 de septiembre de 2005, aprobo la modificacion del Plan de Promocion de la Inversion Privada referido en el considerando anterior; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 060-96-PCM - Reglamento del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION que apruebe el Plan de Promocion de la Inversion Privada de una concesion, o en su caso la modificacion, debera ser ratificado por Resolucion Suprema; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y Decreto Supremo Nº 06096-PCM, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, mediante el cual se modifica el Plan de Promocion de la Inversion Privada para

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