Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (24/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G38/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 24 de octubre de 2005 Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital deSañayca, provincia de Aymaraes, departamento deApurímac, para que proceda a la apertura del Registrode Libro de Actas de Matrimonio, con la finalidad deimplementar el proceso de reinscripción que se apruebacon la presente Resolución, con sujeción a las normaslegales, reglamentarias y administrativas que regulan lasreinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial conla consignación expresa por selladura "Reinscripción -Ley Nº 26242 - 26497", el Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, a través de la Subgerenciade Registros del Estado Civil, deberá proveer los librosoficiales requeridos expresamente por la Oficina deRegistro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 17901 S B S /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G61/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G71/G75/G65/G20 /G73/G65/G20 /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G72/GE1/G20 /G64/G65/G20 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G64/G65/G6C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G20/G4C/G65/G61/G73/G69/G6E/G67/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E/G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SBS Nº 1566-2005 Lima, 18 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 671-2002 de fecha 17 de julio de 2002 se declaró la disolución de LatinoLeasing S.A. (en Intervención) y se dio inicio al respectivoproceso liquidatorio de la indicada empresa; Que, mediante Resolución SBS Nº 1154-2002 de fecha 15 de noviembre de 2002, esta Superintendenciadeclaró al Banco Internacional del Perú S.A.A. –Interbank como adjudicatario de la buena pro delconcurso público convocado para seleccionar a laempresa del sistema financiero a la que se transferiríanen fideicomiso los activos y pasivos vinculados aoperaciones de arrendamiento financiero de LatinoLeasing S.A. en Liquidación, conforme a lo previsto porel numeral 2 del artículo 118º de la Ley General delSistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros,en adelante Ley General, firmándose el respectivocontrato de fideicomiso con fecha 21 de noviembre de2002; Que en aplicación de lo previsto en el artículo 115º de la Ley General, esta Superintendencia debe deencomendar la liquidación de Latino Leasing S.A. enLiquidación a una persona jurídica, debidamentecalificada, seleccionada mediante Concurso Público; Que, resulta necesario establecer las pautas y lineamientos para la realización de la convocatoria deselección de la persona jurídica a la que se encargaráel proceso liquidatorio de Latino Leasing S.A. enLiquidación; Contando con el visto bueno de la Comisión de Alto Nivel conformada de acuerdo a lo dispuesto en laResolución SBS Nº 38-2003; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 18 del artículo 349º de la Ley General;RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las Bases del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la quese encargará el proceso de liquidación de Latino LeasingS.A. en Liquidación, que forman parte integrante de lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones BASES DEL CONCURSO PÚBLICO CONVOCADO PARA LA SELECCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA QUE SE ENCARGARÁ DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE LATINO LEASING S.A. EN LIQUIDACIÓN I. GENERALIDADES LATINO LEASING S.A. EN LIQUIDACIÓN, es una empresa del sistema financiero cuya actividad estáregulada por la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendenciade Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante la LeyGeneral y está sujeta al control y supervisión de laSuperintendencia de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones. Mediante Resolución SBS Nº 671-2002 de 17 de julio de 2002 se declaró la disolución de Latino Leasing S.A.(entonces en Intervención) y se inició el respectivoproceso liquidatorio. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, enadelante la SUPERINTENDENCIA, es responsable deseleccionar a una persona jurídica a la cual seencomendará el proceso de liquidación de LATINOLEASING S.A. EN LIQUIDACIÓN, para lo cual debeconvocar a Concurso Público. La persona jurídica que obtenga la Buena pro, llevará a cabo el proceso liquidatorio bajo la supervisión y controlde la SUPERINTENDENCIA. II. BASE LEGAL  El artículo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros aprobada medianteLey Nº 26702, y sus normas modificatorias, en adelante,la Ley General.  Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros aprobado mediante ResoluciónSBS Nº 455-99 del 25 de mayo de 1999, y susmodificatorias, en adelante, el Reglamento.  Resolución SBS Nº 671-2002 de 17 de julio de 2002, mediante la cual se declara en disolución a Latino LeasingS.A. y se da inicio al correspondiente proceso liquidatorio.  Resolución SBS Nº 806-2005 de fecha 2 de junio de 2005 mediante la cual se autorizó la prórroga del plazode vigencia del contrato de fideicomiso suscrito entreLatino Leasing S.A. en Liquidación y el BancoInternacional del Perú S.A.A - Interbank y susmodificatorias, por un período de seis (6) meses, queculmina el 21 de noviembre de 2005. III. OBJETO DEL CONCURSO PÚBLICO El objeto del Concurso Público es seleccionar a una persona jurídica calificada, que cuente con la experiencia,el personal técnico y la infraestructura necesaria paraasumir el proceso liquidatorio de LATINO LEASING S.A.EN LIQUIDACIÓN, de acuerdo con los Términos deReferencia que se especifican en el Anexo Nº 1 de lasBases del Concurso Público. La selección de la persona jurídica se efectúa conforme a lo dispuesto en el artículo 115º de la LeyGeneral; así como a lo previsto en el Reglamento.