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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (26/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 302999 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de octubre de 2005 ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE PROPIEDAD INFORMAL Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Artículo Primero.- Creación Unidad Orgánica.- CRÉASE el Programa de Formalización de PropiedadInformal, como un proyecto especial de la Municipalidad Provincial de Barranca, siendo responsable en materia de abordar servicios prioritarios de escala provincial en laformalización de propiedad informal, hasta la inscripción delos títulos de propiedad en el registro de predios: continuarlos procedimientos administrativos de declaraciones de lapropiedad, saneamiento físico legal de los terrenos ocupados por posesiones informales, centros Urbanos informales, urbanizaciones populares y toda forma de posesión,ocupación o titularidad informal de predios. Las funciones y competencias a ejecutarse, estará a su cargo del Comité Técnico, la misma que es designadopor el Titular del pliego mediante Resolución. Artículo Segundo.- Objetivos del Programa.- APROBAR los objetivos del programa de Formalizaciónde la Municipalidad Provincial de Barranca los siguientes: a. Promover acciones de apoyo técnico en la formalización de la propiedad informal en terrenosocupados por posesiones informales, centros urbanosinformales y urbanizaciones populares en el ámbito de la provincia de Barranca. b. Planificar, organizar y concertar los planes de desarrollo local en el ámbito que se encuentra ocupadocon fines de vivienda. c. Priorizar los lineamientos técnicos con la población organizada, canalizando los estudios para el saneamiento físico legal, hasta su inscripción de los títulos u otros instrumentos en el Registro de Predios de la SuperintendenciaNacional de los Registros Públicos - SUNARP. d. Formalizar el reconocimiento de centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares Informales,adecuándolos a la Ley Nº 28391 y su reglamento de Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos. Artículo Tercero.- Composición del comité Técnico.- APROBAR la creación del comité técnico, responsable de la formalización de propiedad informal, estando compuesto por funcionarios y profesionales de la Municipalidad, de la siguiente forma: a. La Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, quien lo preside. b. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. c. La Oficina de Asesoría Jurídica. d. La Gerencia de Desarrollo Humano.e. La Subgerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Habilitaciones Urbanas, en calidad de SecretarioTécnico. Artículo Cuarto.- Funciones del comité Técnico.- APRUÉBASE las funciones en concordancia a la LeyNº 28391 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-2005-PCM. En los términos siguientes: a. Revisar y calificar las posesiones informales de todo tipo que señale la Ley, que se sometan a su consideracióndel comité. b. Absolver consultas que formulen los interesados en materia de formalización de predios. c. Resolver cualquier vacío que pudiese existir, proponiendo norma y reglamento para su aprobacióncorrespondiente. d. Sustentar técnicamente sus dictámenes cuando aprueben la formalización de la propiedad informal. e. Verificar y constatar la propiedad informal para su saneamiento físico legal. f. Solicitar el apoyo técnico de los servidores profesionales con experiencia en asuntos concernientesal sector. g. Cumplir con el ejercicio de sus funciones a su cargo. Artículo Quinto.- Atribuciones del comité técnico.- APRUÉBASE en lo que corresponda las atribuciones enmateria de formalización de la propiedad informal, estando en los siguientes términos: a. Planificar, organizar y coordinar el proceso de formalización de la propiedad informal, en armonía conlos planes de desarrollo Urbano de cada localidad. b. Proponer los estudios y solicitar al pleno del Concejo Municipal se autorice al titular del pliego formular y suscribirposible convenio para el asesoramiento técnico de la Comisiónde Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. c. Realizar los procedimientos de formalización que señala la ley, hasta su total culminación con la entrega de títulos de propiedad. d. Formular directivas internas para su aprobación sobre procedimientos administrativos, a fin de determinar lasacciones del proceso de formalización de la propiedadinformal. e. Informar los estudios aprobados para su ratificación por Resolución de Alcaldía. f. Coordinar y programar las acciones del saneamiento físico legal con el COFOPRI y las organizaciones socialesrepresentativas, con la finalidad de identificar y reconocerlas diversas formas de posesión, ocupación, tenencia ytitularidad de terrenos. g. Cumplir con las demás competencias que determine el Titular del pliego. Artículo Sexto.- Adecuación al ROF.- MODIFÍQUESE en lo que corresponda la adecuación de la presenteOrdenanza Municipal al Reglamento de Organización y Funciones - ROF- aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 118-2004-AL/CPB, la misma que determinaran suaplicación en los siguientes términos: a. Adecuase el numeral 14. del Artículo 140º modificándose el contenido : 14. Apoyar acciones de formalización de predios respecto a los terrenos ocupados por posesionesinformales, centros urbanos informales, urbanizacionespopulares y toda otra forma de posesión, ocupación otitularidad informal de predios, con fines de vivienda a nivel provincial, así como el reconocido y su registro de inscripción. b. Adecuase el numeral 16. del Artículo 141º modificándose el contenido : 16. Formalizar la ocupación o titularidad informal de predios, hasta la inscripción de los títulos ante el RegistroPredial Urbano, con las atribuciones que señala la Ley. Artículo Sétimo.- Adecuación de Documentos de Gestión Municipal.- AUTORÍCESE al Titular del pliego a través de Decreto de Alcaldía la modificación y adecuación dedocumentos de Gestión Municipal. De acuerdo a la LeyNº 27972, encargar a la Gerencia de Planeamiento yPresupuesto, destinar los recursos económicos necesarios quedemanden la Formalización de la Propiedad informal Asimismo, facúltese al Titular del pliego suscribir convenio de asistencia técnica con la comisión deformalización de la propiedad informal - COFOPRI. Artículo Octavo.- Reglamentación.- DISPONER la reglamentación de los procedimientos administrativos, otorgándose un plazo de 30 días siguientes a lapublicación de la ordenanza. Artículo Noveno.- Publicación de Normas.- DISPONER la publicación en el Diario Oficial El Peruano y bandos municipales, la presente norma municipal. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Casa Municipal, a 31 días del mes de agosto del año dos mil cinco. ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 18028