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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (26/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 302997 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el artículo 74º y 195º de la Constitución Política establecen la facultad de las municipalidades paraaprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismosentido, el artículo 60º de la Ley de Tributación Municipal y su Texto Único Ordenado, establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que, en el Taller de Presupuesto Participativo del período 2006 celebrado con fecha 14 de agosto de los corrientes, elAlcalde dentro del Informe de Gestión 2004 y Primer Semestre2005 concluía que los dos problemas más álgidos de nuestro distrito es la Falta de Empleo y la Falta de Seguridad; Que, la forma de contribuir desde la Municipalidad para la reducción de los niveles de desempleo es la de motivarla inversión privada, otorgando el beneficio de laexoneración temporal de las Tasas Municipales;Certificado de Cambio de Uso, de Compatibilidad de Uso, Licencia de Funcionamiento y de Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines, y SeguridadCiudadana) por el período de un año; Que, la importancia que la actual administración edil concede a la reducción de desempleo en nuestrajurisdicción, se ve reflejada en la creación de la Sub Gerencia de Desarrollo Económico dentro de la Estructura Orgánica y Funcional de la Municipalidad, la misma queestá en etapa de implementación, siendo necesariamedidas que propicien la apertura de nuevas actividadeseconómicas en la jurisdicción; Estando a lo dispuesto por la Ley de Tributación Municipal y su Texto Único Ordenado y Ley Nº 27972 "Orgánica de Municipalidades" ha dado la siguienteOrdenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS PARA APERTURA DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS QUE GENEREN PUESTOS DE TRABAJO EN LA JURISDICCIÓN DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo Primero.- Otorgar Autorización Temporal para la Apertura de Negocio en la jurisdicción del distrito de Carmen de la Legua-Reynoso por el espacio de un año a cero costo, para aquellos establecimientos que inicienactividad económica a partir de la vigencia de la presenteOrdenanza y cuya área de local sea menor a 100 m². Artículo Segundo.- Durante el período de Vigencia de la Autorización Temporal de Apertura de Negocio, la parte del predio dedicado a la actividad económica estará exonerado de los Arbitrios Municipales. Artículo Tercero.- Exonerar del Pago por Licencia de Anuncios y Publicidad (la medida máxima de anuncio seráde 2 m2) mientras dure la Autorización Temporal deApertura de Negocio, referida en el Articulo Primero de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Vencido el período anual de Autorización, el Titular de la Actividad Económica estaráobligado a la obtención de la Licencia de FuncionamientoDefinitiva y de la Licencia de Anuncios y Publicidad, paralo cual tendrá que cumplir con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad. Artículo Quinto.- Los requisitos para acceder al presente régimen de beneficio son: - Solicitud dirigida al Alcalde - Constancia de Zonificación- RUC y Fotocopia fedatizada de Constitución de Empresa para personas jurídicas - Contrato de Alquiler y Certificado de Defensa Civil para casos necesarios - Autorización del Sector para casos Necesarios - Modelo y Dimensiones de Anuncio (máximo 2 m2.) en los casos requeridos. Este procedimiento así como sus requisitos serán incluidos en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos TUPA de la Municipalidad bajo la denominación "Autorización Temporal de Apertura de Negocios Pro Fomento de Empleo". Artículo Sexto.- El presente procedimiento de beneficio es optativo, permaneciendo vigente los trámitesde Licencia de Funcionamiento Provisional, Licencia deFuncionamiento Permanente y Licencia de Anuncios establecidos en el TUPA de la Municipalidad. Artículo Sétimo.- Se delega facultades al Alcalde para que dicte medidas o normas complementarias para laimplementación del presente régimen. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique, y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 18080 Modifican Texto Único de Proce- dimientos Administrativos de la Municipalidad, incorporando el derechoque se recaudarÆ por concepto deDepósito Municipal ORDENANZA Nº 097-2005-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 18 de octubre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto: En Sesión de Concejo Ordinaria, celebrada en la fecha mediante Acuerdo de Concejo Nº 186, el InformeNº 201-05-SGMPyT/MDCLR de la Subgerencia de PolicíaMunicipal y Transporte, el Informe Nº 079-05-GSC/MDCLR de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 645-A-05-GAL-MDCLR de la Gerencia de AsesoríaLegal y la Moción de Orden del Día de la ComisiónPermanente de Administración, Tributación y Presupuestode la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de agosto del 2005, mediante el Informe Nº 201-05-SGPMYyT-MDCLR, la Subgerencia dePolicía Municipal y Transporte, informa a la Gerencia deSeguridad Ciudadana la necesidad de la implementación del Depósito Municipal con la finalidad de internar vehículos menores y mayores que infrinjan las DisposicionesMunicipales. Para tales efectos se sugiere la emisión deuna Ordenanza Municipal que cree la tasa por conceptode Depósito Municipal. Así mismo, se incorpore en el TUPAel pago de derecho por dicho concepto y por liberación de vehículos; Que, con fecha 10 de agosto del 2005, mediante el Informe Nº 079-05-GSC/MDCLR, la Gerencia de SeguridadCiudadana, informa que de acuerdo a lo dispuesto por elDecreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado delCódigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 776, Artículo 69º numeral 2 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales apruebanmediante Ordenanza la creación, modificación de sucontribuciones, arbitrios, derechos y licencias. Así mismo,remiten un Proyecto de Ordenanza, que se recomiendaque previo a ser visto por Sesión de Concejo para su aprobación sea revisado y corregido de ser el caso; Que, el Decreto Supremo Nº 165-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario, modificado por el DecretoLegislativo Nº 776 en su Norma Segunda: Sobre ámbito deaplicación establece tributos, tales como tasas y que entrelas tasas, se encuentran los derechos, que son tasas que se pagan por la prestación de un servicio, administrativo público o el uso o aprovechamiento de Bienes Públicos; Asimismo, el acotado dispositivo en su Norma Cuarta sobre Principio de Legalidad – Reserva de la Ley, en unode sus párrafos establece que los Gobiernos Locales,mediante Ordenanza, puede crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos, licencias o