Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2005 (26/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

Pag. 302998

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2005

exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la MORDAZA indicada en el punto anterior, guarda concordancia con lo dispuesto en los Articulos 60º a 66º, 67º, 68º y 69º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, TUO de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Legislativo Nº 776 y con el Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el numeral 38.5 del Articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el MORDAZA toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitacion o requisitos se debe realizar por Decreto de Alcaldia o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA, caso contrario su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1 y 38.3; Que, con fecha 17 de octubre del 2005, mediante Informe Nº 645-A-05-GAL-MDCLR, la Gerencia de Asesoria Legal, Opino: que, es procedente la aprobacion del Proyecto de Ordenanza, siempre y cuando se cumpla con el procedimiento indicado en los antecedentes MORDAZA expuestos. Debiendo ser puesto a conocimiento del Concejo para los fines pertinentes, en concordancia a lo dispuesto por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, con fecha 18 de octubre del 2005, mediante Mocion de Orden del Dia la Comision Permanente de Administracion, Tributacion y Presupuesto, presidido por el Regidor MORDAZA MORDAZA Suelprez Jerez y los regidores que la conformaron acordaron aprobar la modificacion del MORDAZA, incorporandose el derecho por concepto de deposito municipal y otros; Estando a lo expuesto y despues de un amplio debate, en uso de las facultades que confiere la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades y con el MORDAZA por UNANIMIDAD de los senores Regidores; se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, APRUEBA LA CREACION DE LA TASA POR DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES, APRUEBA LA TASA POR LIBERACION DE VEHICULOS MENORES Y EL PROCEDIMIENTO Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del MORDAZA, incorporandose el derecho que se recaudara por concepto de Deposito Municipal, que a continuacion se detalla:
Nº 1 DENOMINACION Por Concepto de Deposito Municipal pago: diario por Vehiculo Menor Por Vehiculo Mayor pago diario (en estado de abandono) - Solicitud. - Pago de Derecho x Deposito Municipal. - Recibo por pago de Multa. - MORDAZA de no adeudo. REQUISITOS MONTO % DE LA UIT 0.30

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Crean el Programa de Formalizacion de Propiedad Informal y modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2005-AL/CPB El MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 10 de agosto del 2005, el Dictamen Nº 001-2005-CE-R-CPB, sobre la creacion del programa de formalizacion de Propiedad Informal y modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Barranca: y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Estado, establece para las Municipalidades las facultades de ejercer actos de gobier no y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Ley Nº 28391 y su Reglamento D.S. Nº 0052005-JUS, declara de preferente interes nacional la formalizacion de la propiedad informal, con su respectiva inscripcion Registral, de los terrenos ocupados por posesiones informales, ocupacion o titularidad informal de predios, que esten constituidos sobre inmuebles de propiedad estatal, con fines de vivienda, ratificando la competencia exclusiva y excluyente de las Municipalidades Provinciales en dicha materia; Asimismo, se les confiere facultades para realizar conciliaciones y declarar administrativamente la propiedad por prescripcion adquisitiva de dominio y regularizacion del tracto sucesivo, en terrenos de propiedad privada; Que, en este contexto las Municipalidades Provinciales en el ambito de sus circunscripciones territoriales, asumen de manera exclusiva a la competencia correspondiente al reconocimiento, verificacion, titulacion y saneamiento fisico legal de asentamientos humanos de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1.4 del articulo 73º y numeral 1.4.3. del articulo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 118-2004-AL/ CPB, publicado en el Diario Judicial Regional ASI de fecha 30 de noviembre del 2004, aprueban la Modificacion de la Estructura Organica y Funcional, asi como el Reglamento de Organizacion y Funciones -ROF- de la Municipalidad Provincial de Barranca; Que, sobre la propuesta de trabajo presentado por la Comision Especial de Formalizacion de Propiedad Informal, nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 0512005-AL/CPB de fecha 1 de MORDAZA del 2005, a efectos de continuar con la labor de aplicacion de la Ley Nº 28391 y su reglamento de Formalizacion de la propiedad informal de terrenos, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-JUS publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de marzo del 2005, establece la necesidad de mejorar y/o modificar la estructura organizativa asi como del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF - de la Municipalidad sin demandar mayores niveles a la organizacion municipal ya aprobado por la entidad; Que luego del debate correspondiente el pleno del Concejo Municipal, establece la necesidad de aprobar la propuesta de creacion del Programa de Formalizacion de Propiedad Informal como un proyecto especial de la Municipalidad Provincial de Barranca; Estando a las consideraciones expuestas y con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores presentes con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion de Actas; se ha dado la siguiente;

2

0.45

3

Liberacion del Vehiculo Infractor

Articulo Segundo.- La presente modificacion del MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Apruebese el procedimiento: 1. Vehiculos internados en el Deposito Municipal de Vehiculos e incorporese en el Texto Unico de Procedimiento Administrativo MORDAZA, Subgerencia de Policia Municipal y Transporte, con los requisitos establecidos. 2. Procedimiento de Liberacion de Vehiculos internados en el Deposito Municipal por infracciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18082

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.