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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (04/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G37/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de setiembre de 2005 adicionales, los mismos que deberán computarse a partir del vencimiento del plazo anterior dispuesto porla Resolución de Presidencia Nº 008-2005-PD/ OSIPTEL; Conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope por parte de OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar un plazo de cuarenta (40) días hábiles adicionales a las empresas concesionarias del servicio portador local para la presentación de suspropuestas de cargo de interconexión tope, conjuntamente con sus respectivos estudios de costos, tal como lo dispone la Resolución de Consejo Directivo Nº 100-2004-CD/OSIPTEL. Artículo 2º.- El plazo dispuesto en el artículo 1º precedente deberá computarse a partir del vencimientodel plazo anterior dispuesto por la Resolución de Presidencia Nº 008-2005-PD/OSIPTEL. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución sea notificada a las empresas concesionarias del servicio portador local. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en la página web institucional de OSIPTEL. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 15190 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G64/G6F/G72 /G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G64/G65 /G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G63/G6F/G6E/G65/G78/G69/GF3/G6E/G20/G74/G6F/G70/G65/G20/G79/G20/G73/G75/G73/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G73/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 083-2005-PD/OSIPTEL Lima, 31 de agosto de 2005 EXPEDIENTE : Nº 00003-2004-CD-GPR/IX MATERIA : Fijación del Cargo de Interconexión Tope para los Enlaces de Interconexión. VISTA: La comunicación GGR-107-A-403-IN/05 de la empresa Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante "Telefónica"), recibida el 12 de agosto de 2005, mediante la cual dicha empresa solicita la ampliación del plazo de entrega delestudio de costos y de su propuesta de cargo de interconexión tope para los enlaces de interconexión, en el marco del procedimiento de oficio iniciado medianteResolución de Consejo Directivo Nº 099-2004-CD/ OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, en el Numeral 11 de los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 020-98- MTC y publicados en el Diario Oficial El Peruano el 05de agosto de 1998, se establecen la competencia exclusiva de OSIPTEL sobre la fijación de tarifas de servicios públicos de telecomunicaciones y la potestadde desregularlas si se verifica condiciones de competencia efectiva; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, publicado el 25 de diciembre de 2003, se estableció el Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope (en adelante“Procedimiento”);Que, de conformidad con el Procedimiento, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 099-2004-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 24 de diciembre de 2004, este organismo inició el procedimiento de oficio para lafijación del cargo de interconexión tope para los enlaces de interconexión; Que, de acuerdo con los plazos establecidos en el Procedimiento, la Resolución de Consejo Directivo Nº 099- 2004-CD/OSIPTEL otorgó a las empresas concesionariasdel servicio portador local, un plazo de cincuenta (50) días hábiles para que presenten sus propuestas de cargo de interconexión tope conjuntamente con sus respectivosestudios de costos, plazo que venció el 11 de marzo de 2005; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 007- 2005-PD/OSIPTEL, este organismo amplió en setenta (70) días hábiles el plazo para que las empresasconcesionarias del servicio portador local presenten sus propuestas de cargo de interconexión tope conjuntamente con sus respectivos estudios de costos, plazo que vencióel 23 de junio de 2005; Que, mediante comunicación GGR-107-A-403-IN/05 remitida por Telefónica, dicha empresa argumenta que existen múltiples procedimientos de fijación y revisión de cargos y tarifas iniciados por OSIPTEL, ante lo cualse ha visto en la necesidad de distribuir en la forma más eficiente posible los recursos humanos y materiales para poder hacer frente a todos estosprocedimientos; sin embargo Telefónica manifiesta que a pesar del esfuerzo desplegado por ella, les ha sido materialmente imposible entregar el estudio de costosrequerido en el plazo concedido por la Resolución de Presidencia Nº 007-2005-PD/OSIPTEL, motivo por el cual solicita a OSIPTEL la ampliación del plazo deentrega del estudio de costos y de su propuesta tarifaria; Que, la Cuarta Disposición Complementaria del Procedimiento establece que los plazos señalados en sus artículos 7º y 8º, así como los plazos que seanestablecidos por OSIPTEL en aplicación de dichas disposiciones, podrán ser ampliados, de oficio o a solicitud de parte, hasta por el doble de tiempo adicionala los plazos máximos señalados en los referidos artículos; Que, asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria del Procedimiento establece que corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo de OSIPTEL, medianteresolución debidamente motivada, otorgar las ampliaciones de plazos que resulten necesarias en cada procedimiento; Que, la realización de una propuesta de cargo de interconexión tope para los enlaces de interconexión, asícomo la elaboración de un modelo de costos de una empresa, requieren el desarrollo del sustento técnico y económico de sus supuestos, la elaboración deparámetros y bases de datos, entre otros aspectos que demandan estudios específicos para realizarlos; Que, atendiendo a que actualmente se vienen desarrollando varios procedimientos simultáneos, lo cual requiere un mayor esfuerzo por parte de las empresasoperadoras, se considera apropiado atender la solicitud de ampliación de plazo presentada por la empresa Telefónica; Que, considerando el plazo de cincuenta (50) días hábiles otorgado inicialmente mediante la Resolución deConsejo Directivo Nº 099-2004-CD/OSIPTEL, así como el plazo posterior de setenta (70) días hábiles otorgados mediante la Resolución de Presidencia Nº 007-2005-PD/OSIPTEL, esta Presidencia considera que otorgar un plazo adicional de sesenta (60) días hábiles permitirá que las empresas concesionarias del servicio portador localcompleten sus propuestas de cargos y sus modelos de costos; Que en ese sentido, se debe disponer la ampliación del plazo para la entrega de las propuestas de cargos de interconexión y los modelos de costos en sesenta (60)días hábiles adicionales, los mismos que deberán computarse a partir del vencimiento del plazo anterior dispuesto por la Resolución de Presidencia Nº 007-2005-PD/OSIPTEL;