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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (05/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G37/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de setiembre de 2005 registrales pendientes que ascienden a la suma de S/.139.03. Regístrese y comuníquese. FERNANDO TARAZONA ALVARADO Presidente de la Tercera Saladel Tribunal Registral GLORIA SALVATIERRA VALDIVIA Vocal del Tribunal Registral NORA MARIELLA ALDANA DURÁN Vocal del Tribunal Registral 15178 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G48/G65/G72/G6D/G69/G6C/G69/G6F/G20/G56/G61/G6C/G64/G69/G7A/GE1/G6E/G20/G4D/G65/G64/G72/G61/G6E/G6F/G22 ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2005-E-CR-GRH Huánuco, treinta y uno de mayo de 2005 LA PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha veinticinco de mayo del dos mil cinco, el Dictamen númerocero doce del dos mil cinco presentado por la ComisiónPermanente de Planeamiento, Presupuesto,Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales; el Informenúmero cero nueve del dos mil cinco emitido por la Subgerenciade Desarrollo Institucional y Sistemas de la GRPPAT; el InformeLegal número cero uno - E - del dos mil cinco remitido por laOficina Regional de Asesoría Jurídica, relacionado a laaprobación del Cuadro de Asignación de Personal del "HospitalRegional Hermilio Valdizán de Huánuco"; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendopor misión organizar y conducir la gestión pública regionalde acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas ydelegadas en el marco de las políticas nacionales ysectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sosteniblede la región, conforme lo expresan los artículos dos, cuatrocinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas ydisposiciones se rigen por los principios de exclusividad,territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, el numeral uno punto del artículo uno de la ley veintisiete mil seiscientos cincuenta y ocho Ley Marco deModernización de la Gestión del Estado, declara al Estadoperuano en proceso de modernización en sus diferentesinstancias, dependencias, entidades, organizaciones yprocedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión públicay construir un Estado democrático y descentralizado; Que, el numeral catorce punto cinco del artículo catorce del Decreto Supremo cero cuarenta y tres del dos mil cuatro- PCM precisa que los Cuadros para Asignación de Personalde las Direcciones Regionales Sectoriales, se apruebanmediante Ordenanza Regional, previa visación del Ministeriodel Sector; Que, la propuesta presentada por el Director del Hospital Regional "Hermilio Valdizán Medrano" de Huánuco, encoordinación con el responsable de la formulación del CAP, seadvierte que cuenta opinión favorable de la Oficina General dePlaneamiento Estratégico del Ministerio de Salud; de laSubgerencia de Desarrollo Institucional, Sistema y Estadísticade la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, y con el Informe Legal númerocero uno - E - del dos mil cinco remitido por la Oficina Regionalde Asesoría Jurídica, cumpliendo de esta manera los lineamientos previstos en el Decreto Supremo número cerocuarenta y tres del dos mil cuatro-PCM; Que en la propuesta del CAP efectuado se han establecido cuatrocientos veintiséis cargos necesarios(doscientos setenta y cinco cargos presupuestados y cientocincuenta y uno cargos no presupuestados) los cuales sedetallan en los anexos de los informes del visto; Estando, a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos quince, treinta y siete, y treinta yocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete -Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el artículoquince del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres deldos mil cuatro - PCM y estando a lo acordado por UNANIMIDADen la Sesión de Consejo Regional de la referencia; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional "Hermilio Valdizán Medrano"de Huánuco, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza encuatro anillados, en mérito a los considerandos expuestos Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Salud a fin de queproceda a su publicación en el portal electrónico de dichaentidad, de conformidad con lo previsto en el segundopárrafo del artículo diecisiete del Decreto Supremo cerocuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM. Artículo Tercero.- DERÓGUESE cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el Cuadro de Asignación de Personal del Hospital Regional "Hermilio Valdizán"Huánuco, en el Portal Electrónico del Gobierno RegionalHuánuco, en el portal electrónico de la Dirección Regionalde Salud, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisietedel Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dosmil cuatro -PCM; concordante con lo previsto en el artículocuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientossesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 15235 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G37/G38/G32/G20/G71/G75/G65/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G72/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72 /G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73 ORDENANZA Nº 813 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de agosto de 2005; De conformidad con las opiniones de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Transporte Urbanoen sus Dictámenes Nºs. 111-2005-MML-CMAL y 012-2005-MML-CMTU; Aprobó la siguiente: ORDENANZA COMPLEMENTARIA DE LA ORDENANZA Nº 782 QUE FACULTA A PRORROGAR LAS AUTORIZACIONES PARA PRESTAR SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS Artículo 1º.- La Dirección Municipal de Transporte Urbano simplificará la exigencia de los requisitos dispuestosen el artículo 3º de la Ordenanza Nº 782, en base a lossiguientes criterios: