NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 10
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G32/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de setiembre de 2005 República Nº 27785 dispone que "cuando en el Informe (de Control) respectivo se identifiquen responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicación de la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad señalada" ; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 establece que "los Procuradores Generales de la República tienen la plena representación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actúe como demandante, demandado, denunciante o parte civil"; Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición previa de la Resolución Ministerial autoritativa" ; Que, del análisis del Informe Breve Nº 021-2004-OCI/ UGEL-08-C y del Informe Legal Nº 002-2004-OCI/UGEL-08-C, queda claro que deviene en necesaria la intervenciónde la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Educación para que inicie las accionesjudiciales pertinentes para procesar a quienes causaran perjuicio al Estado Peruano; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 1421-2005-ME/SG-OAJ que formaparte integrante de la presente resolución; conforme losolicitado por la Dirección del Programa Sectorial II de laUnidad de Gestión Educativa Local Nº 08 - Cañete y la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación mediante el Oficio Nº 1022-2004-D.UGEL.08-J/OCI y el Oficio Nº 1343-2004-PP/ED,respectivamente; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra los responsables de los ilícitos determinados en el Informe BreveNº 021-2004-OCI/UGEL-08-C y el Informe Legal Nº 002-2004-OCI/UGEL-08-C, emitidos por la Jefatura del Órganode Control Institucional de la Unidad de Gestión EducativaLocal Nº 08 - Cañete, los mismos que constituyen parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación losantecedentes de la presente Resolución, para suconocimiento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educación para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15754 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0561-2005-ED Lima, 8 de setiembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 1901-2005-PP/ED del Procurador Público Adjunto a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 42973-2005 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante el Oficio Nº 1901-2005-PP/ED el Procurador Público Adjunto a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación solicita se emita la ResoluciónMinisterial Autoritativa que le permita interponer las accionesjudiciales pertinentes contra los responsables que aparecenen el Examen Especial al Área de Planillas de la DirecciónRegional de Educación - Huánuco, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Malversación de Fondos, ilícito penal previsto ysancionado en el artículo 389º del Código Penal; Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Examen Especial al Área de Planillas de la Dirección Regional de Educación -Huánuco, emitido por la Oficina de Control Institucional dela referida Dirección Regional, en base a las facultadesconstitucionales y legales atribuidas al Sistema Nacionalde Control y al Plan Anual de Auditoría Gubernamental para el período 2002, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 300-2002-CG; Que, el precitado Examen Especial precisa que existen indicios razonables de la presunta comisión del delito contrala Administración Pública en la modalidad de malversaciónde Fondos, en detrimento de los intereses del Estado Peruano, ilícito contenido en el artículo 389º del Código Penal; Que, el literal "f" del artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General dela República Nº 27785 establece que es atribución delSistema Nacional de Control "el emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes" ; Que, el artículo 11º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Nº 27785 dispone que "cuando en el Informe (de Control) respectivo se identifiquen responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicación de la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad señalada" ; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 establece que "los Procuradores Generales de la República tienen la plena representación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actúe como demandante, demandado, denunciante o parte civil"; Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición previa de la Resolución Ministerial autoritativa" ; Que, del análisis del Examen Especial al Área de Planillas de la Dirección Regional de Educación - Huánuco,queda claro que deviene en necesaria la intervención de laProcuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación para que inicie las acciones judiciales pertinentes para procesar a quienes causaranperjuicio al Estado Peruano; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 1441-2005-ME/SG-OAJ que formaparte integrante de la presente resolución; conforme lo solicitado la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación mediante el OficioNº 1901-2005-PP/ED; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto LeyNº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio deEducación, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra los responsables del ilícito determinado en el Examen Especial al Área de Planillas de la Dirección Regional deEducación - Huánuco, emitido por la Oficina de ControlInstitucional de la referida Dirección Regional, el mismo queconstituye parte integrante de la presente ResoluciónMinisterial. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación losantecedentes de la presente Resolución, para suconocimiento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educación para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15755