NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G32/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de setiembre de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0562-2005-ED Lima, 8 de setiembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 851-2004-PP/ED del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio deEducación, el Expediente Nº 24153-2004 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante el Oficio Nº 851-2004-PP/ED el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Educación solicita se emita la Resolución Ministerial Autoritativa que permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra los responsables que aparecenen el Informe Nº 001-2003-CAI - Comisión Contra Actos Ilícitos - UGEL Nº 04, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en las modalidades dePeculado y Malversación de Fondos, ilícitos penales previstos y sancionados en los artículos 387º y 389º del Código Penal; Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Informe Nº 001-2003- CAI - Comisión Contra Actos Ilícitos - UGEL Nº 04, emitidopor la Comisión contra Actos Ilícitos en el Sector Educación, en base a las facultades legales atribuidas a dicha Comisión mediante Resolución Ministerial Nº 0850-2003-ED; Que, el precitado Informe precisa que existen indicios razonables de la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en las modalidades de Peculado yMalversación de Fondos en detrimento de los intereses del Estado Peruano, ilícitos contenidos en los artículos 387º y 389º del Código Penal; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 establece que "los Procuradores Generales de la República tienen la plena representación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actúe como demandante, demandado, denunciante o parte civil"; Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, dispone que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, será necesario la expedición previa de la Resolución Ministerial autoritativa" ; Que, del análisis del Informe Nº 001-2003-CAI - Comisión Contra Actos Ilícitos - UGEL Nº 04, queda claro que deviene en necesaria la intervención de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educaciónpara que inicie las acciones judiciales pertinentes para procesar a quienes causaran perjuicio al Estado Peruano; Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 1425-2005-ME/SG-OAJ que forma parte integrante de la presente resolución; conforme lo solicitado por la Procuraduría Pública a cargo de los AsuntosJudiciales del Ministerio de Educación mediante el Oficio Nº 851-2004-PP/ED; y, De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra los responsables individualizados en el Informe Nº 001-2003-CAI - Comisión Contra Actos Ilícitos - UGEL Nº 04, emitido por la Comisión contra Actos Ilícitos en el Sector Educación, el mismo que constituye parte integrante de la presenteResolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación losantecedentes de la presente Resolución, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educación para que proceda conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15756/G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0564-2005-ED Lima, 9 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 272- 2005-GR-JUNÍN/PR, de fecha 14 de julio del 2005, elGobierno Regional Junín convocó a Concurso Público de Selección de Directores Regionales Sectoriales de su jurisdicción, al haberse vencido el plazo de los dos (2) años,en el referido cargo, del designado anteriormente; Que, el numeral 5.3.2. de la Directiva Nº 001-CND-P- 2003, sobre Lineamientos Generales para el ConcursoPúblico de Selección de los Directores Regionales Sectoriales, aprobada por Resolución Presidencial Nº 012- CND-P-2003 y modificada por la Resolución PresidencialNº 025-CND-P-2003, dispone la conformación de laComisión Regional de Concurso, la cual está integrada, entreotros, por un representante del Gobierno Nacional,designado por el Titular del Sector correspondiente; Que, conforme al cuarto párrafo del numeral 5.2.5. de la misma Directiva, la designación se efectúa por un plazo dedos (2) años; Que, por tal motivo, es conveniente designar al representante del Ministerio de Educación, ante la ComisiónRegional de Concurso Público, para efectos de seleccionar al Director Regional de Educación de Junín; De conformidad con la Ley Nº 27867, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los DecretosSupremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Profesor Waldo Artemio Giraldo Arias, funcionario de la Oficina de Coordinación ySupervisión Regional, como representante del Ministerio deEducación, para integrar la Comisión Regional encargadade realizar el Concurso Público para la Selección del Director Regional de Educación de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15757 /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G34/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G44/G20/G28/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G29/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/GED/G74/G65/G6D/G73/G20/G32/G2C/G32/G33/G20/G79/G20/G32/G37/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G69/G65/G72/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G31/G31/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G64/G6F/G20/G6E/G75/G6C/G6F RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 0806-2005-ED Lima, 9 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante aviso de fecha 16 de junio de 2005, se publicó el otorgamiento de la buena pro de la LicitaciónPública Internacional Nº 0004-2004-ED (SegundaConvocatoria), y se comunicó que los ítems 8, 23 y 27 fueron declarados desiertos y el ítem 11 fue materia de recurso de apelación, el que fue declarado nulo mediante la ResoluciónMinisterial Nº 0380-2005-ED; Que, mediante Memorándum Nº 1169-2005/VMGP/ DINEIP/UDCREEIP, de fecha 15 de agosto de 2005, laDirección Nacional de Educación Inicial y Primaria (DINEIP) se concluye que varios de los títulos para la biblioteca docente que ya han sido adjudicados contienen temáticasvinculadas con los ítems desiertos y el declarado nulo, porlo que no merma la calidad ni los propósitos educativos de