Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (15/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G32/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de setiembre de 2005 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1000-2005-RE Lima, 12 de septiembre de 2005 Visto el expediente Nº 6567-2005, presentado por el Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES),mediante el cual solicita la Inafectación del Impuesto Generala las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)respecto a la donación recibida de INTERNATIONALPLANNED PARENTHOOD FEDERATION. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055- 99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadascon el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicena favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras deCooperación Técnica Internacional (ENIEX), OrganizacionesNo Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial oeducacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en elRegistro que tiene a su cargo la Agencia Peruana deCooperación Internacional (APCI), y siempre que seaaprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES) se encuentra inscrito en el Registro deInstituciones Privadas sin fines de lucro receptoras dedonaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA),que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones decarácter asistencial o educacional provenientes del exterior,aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 3 de junio de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en New York, se aprecia que INTERNATIONAL PLANNED PARENTHOOD FEDERATION ha efectuado una donacióna favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); Que, los bienes donados consisten en un (1) bulto conteniendo tubo de rayos X para Tomógrafo, con un valor FOB de US$ 23,700.00 (Veintitrés mil setecientos y 00/100 Dólares Americanos) con un peso bruto de 97 kilos, queserán destinados a favor del Instituto Peruano de PaternidadResponsable - INPPARES, para su programa dePlanificación Familiar 2004; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX,ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por INTERNATIONAL PLANNED PARENTHOOD FEDERATION, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto SupremoNº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por INTERNATIONAL PLANNED PARENTHOOD FEDERATION, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); a que se refiere el cuarto considerando de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15882RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1001-2005-RE Lima, 12 de septiembre de 2005 Visto el expediente Nº 6568-2005, presentado por el Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES),mediante el cual solicita la Inafectación del Impuesto Generala las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)respecto a la donación recibida de INTERNATIONALPLANNED PARENTHOOD FEDERATION. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC,entre otros, las donaciones que se realicen a favor de lasEntidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentalesde Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo laAgencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), ysiempre que sea aprobada por Resolución Ministerial delSector correspondiente; Que, el Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES) se encuentra inscrito en el Registro deInstituciones Privadas sin fines de lucro receptoras dedonaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA),que conduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacionalprovenientes del exterior, aprobada por Decreto SupremoNº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 27 de abril de 2004, legalizado por el Consulado General del Perú en New York, se observa que INTERNATIONAL PLANNED PARENTHOOD FEDERATION ha efectuado una donacióna favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); Que, los bienes donados consisten en (1) una paleta conteniendo productos farmacéuticos y material médico, con un valor FOB de US$ 17,160.50 (Diecisiete mil ciento sesenta y 50/100 Dólares Americanos) con un peso brutode 151 kilos, que serán destinados a favor del InstitutoPeruano de Paternidad Responsable INPPARES, para suprograma de Planificación Familiar 2004; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX,ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por INTERNATIONAL PLANNED PARENTHOOD FEDERATION, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto SupremoNº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por INTERNATIONAL PLANNED PARENTHOOD FEDERATION, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); a que se refiere el cuarto considerando de lapresente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15883