NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G37/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de setiembre de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G61/G20/G48/G6F/G6C/G61/G6E/G64/G61/G20/G79/G53/G75/G69/G7A/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65 /G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G69/G6E/G74/G65/G6C/G65/G63/G74/G75/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2005-PCM Lima, 20 de setiembre de 2005 Vista la Carta Nº 557-2005/GEG-INDECOPI de fecha 15 de setiembre de 2005, del Instituto Nacional deDefensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, el 23 y 24 de setiembre, en la ciudad de Maastricht, Holanda, se llevará a cabo el Seminario"Contribución a la Agenda del Desarrollo en PropiedadIntelectual" y del 26 al 30 de setiembre, en la ciudad de Ginebra, Suiza, se realizará la "41º Asamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual -OMPI"; Que, la "Agenda del Desarrollo en Propiedad Intelectual" es una propuesta de Argentina y Brasil quebusca que la OMPI reconozca la dimensión de desarrollo en las políticas relacionadas con la propiedad intelectual; esta propuesta viene siendo apoyada por diversospaíses, entre ellos, el Perú; Que, es de interés nacional la participación del Presidente del Directorio del INDECOPI en la 41ºAsamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - OMPI, debido a que se contempla la discusión de temas sobre protección de conocimientostradicionales, folklore, el Programa del Desarrollo parala OMPI, y cuestiones relativas al Comité de Patentes,las cuales son de importancia para los intereses del Perú; Que, los gastos en los que incurra el mencionado funcionario por concepto de pasajes aéreos y viáticos para la participación en el Seminario serán asumidospor el Gobierno de Brasil, siendo de cargo del InstitutoNacional de Defensa de la Competencia y de laProtección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, losgastos por viáticos del 25 de setiembre al 1 de octubre, el pasaje Amsterdam - Ginebra - Amsterdam y la tarifa Corpac; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior deServidores y Funcionarios Públicos, su Reglamentoaprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 083-2002- PCM, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el DecretoSupremo Nº 067-2003-PCM, Reglamento deOrganización y Funciones de la Presidencia del Consejode Ministros; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Santiago Roca Tavella, Presidente del Directorio del InstitutoNacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de Maastricht, Holanda, del 21 al 24 de setiembrede 2005, y a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 25 desetiembre al 1 de octubre, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos para la participación en el Seminario "Contribución a la Agenda del Desarrollo en Propiedad Intelectual", seráncubiertos por el Gobierno de Brasil, siendo de cargo delInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de laProtección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, los gastos por viáticos del 25 de setiembre al 1 de octubre,el pasaje Amsterdam - Ginebra - Amsterdam, y la tarifaCorpac, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos x 6 días US$ 1560,00 Pasaje Amsterdam - Ginebra - Amsterdam US$ 268,08 Tarifa CORPAC US$ 28,24 -------------------US$ 1856,32 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario deberá presentar a su institución, un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 16197 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 268-2005-PCM Mediante Oficio Nº 387-2005-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 268-2005-PCM,publicada en la edición del 14 de setiembre de 2005. En el artículo 2º DICE: Pasajes US$ 1 000,00 Viáticos US$ 491,00Tarifa Única por uso de aeropuer to US$ 28,24 DEBE DECIR: Pasajes US$ 491,00 Viáticos US$ 1 000,00Tarifa Única por uso de aeropuer to US$ 28,24 16210 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G69/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F /G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G67/G6F/G54/G61/G6D/G62/G6F/G20/G2D/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G54/G61/G6D/G62/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G20/G53/G75/G62/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G67/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0745-2005-AG Lima, 20 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, el artículo 54º de la Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario, dado por Decreto Legislativo Nº 653, establece que el Ministerio deAgricultura es el órgano encargado de determinar elámbito jurisdiccional de cada Distrito de Riego en basea la realidad geográfica de cada cuenca hidrográfica y alas necesidades de la eficiente administración del agua,