NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 11
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G37/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de setiembre de 2005 Escuela de Aviación del Ejército de Chile, en el período comprendido del 12 al 26 de setiembre del 2005; porcuanto las experiencias a adquirirse redundarán enbeneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito decompetencia del Ejército; Que, los gastos que irrogue dicho viaje al exterior serán sufragados por el Ejército de Chile, excepto los conceptos de pasajes y de Tarifa Única de uso deAeropuerto; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores yFuncionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Decreto deUrgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004,Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Cap. Cab. EP VASQUEZ SILVA Esnaider Ernesto, con la finalidad de que visite la Escuela de Aviacióndel Ejército de Chile, del 12 al 26 de setiembre del 2005. Artículo 2º.- El Ejército de Chile, solventará los gastos de dicho viaje al exterior, excepto los conceptos depasajes y de Tarifa Única de uso de Aeropuerto. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo alos siguientes conceptos: PASAJES: Lima - Santiago de Chile - Lima US$ 461.00 x 1 persona TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 1 persona Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión, sin exceder el período total establecido. Artículo 5º.- El citado Oficial Subalterno deberá dar cumplimiento a la Cuarta Disposición Final del DecretoSupremo Nº 002-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por elMinistro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 16193 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G64/G65/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G79/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 474-2005-DE/EP/A-1.a/1-1/ Lima, 12 de setiembre de 2005 Visto, el Oficio Nº 1420 DIEDE/SD PMTO Y EVAL/ DPTO EDUC/C-4.c.3 del 11 de julio del 2005. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales Nombrar en Misión de Estudios al Cadete V Inf. CORTEZMENDEZ Velit Esteban y al Cadete V Inf. ALARCON ALARCON José Gabriel, para visitar la Academia Militarde la República Bolivariana de Venezuela, en el períodocomprendido del 15 al 21 de setiembre del 2005, porcuanto las experiencias a adquirirse redundarán enbeneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos que irrogue dicho viaje al exterior, serán sufragados por el Gobierno de la RepúblicaBolivariana de Venezuela, excepto los conceptos depasajes y de tarifa única de uso de aeropuerto; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministeriode Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto delSector Público para el año Fiscal 2005, Decreto deUrgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004,Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto SupremoNº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Misión de Estudios al Cadete V Inf. CORTEZ MENDEZ VelitEsteban y al Cadete V Inf. ALARCON ALARCON JoséGabriel, para que visiten la Academia Militar de laRepública Bolivariana de Venezuela, en el períodocomprendido del 15 al 21 de setiembre del 2005. Artículo 2º.- El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, solventará los gastos del viaje al exterior,excepto los conceptos de pasajes y de tarifa única deuso de aeropuerto. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes: Lima - Caracas - Lima US$ 524.93 x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 2 personas Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión,sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 16194 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 476-2005-DE/EP/A-1.a/1-1/ Lima, 12 de setiembre de 2005 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 088/DIEDE/SD PMTOY EVL/A.4.C.3 de julio del 2005, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Tte. Inf.