NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G31/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de setiembre de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G65/G6E/G74/G65 /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G20/G61/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 304-2005-PCM Lima, 28 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que el señor Presidente de la República, doctor Alejandro Toledo, viajará entre los días 29 de setiembre y1 de octubre del presente año, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, con la finalidad de participar en la I Cumbre de Jefes de Estado de laComunidad Sudamericana de Naciones; Que es necesario el envío de una misión de avanzada con la finalidad de coordinar los aspectos de seguridaddurante la participación del señor Presidente de la República y de la Delegación Oficial que lo acompaña; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28427, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28562; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto de Urgencia Nº 015-2004,modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2005; el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Cap. EP Gabriel Gómez Ossco a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, entre los días 26 y 30 de setiembre del presente año, como Agente encargado de coordinarlos aspectos de seguridad durante la participación del señor Presidente de la República y de la Delegación Oficial que lo acompaña. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, de acuerdo alsiguiente detalle: - Pasajes US$ 1 108,83 - Viáticos US$ 200,00 por día- Uso de aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 16672 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20 /G64/G65 /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G2D/G72/G69/G63/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65 /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E /G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2005-PCM Lima, 28 de setiembre de 2005CONSIDERANDO: Que, con ocasión de la III Reunión de los Presidentes de los países de América del Sur, el 8 de diciembre de2004, se suscribió la Declaración de Cusco, en la cual se decidió conformar la Comunidad Sudamericana de Naciones; Que, la Comunidad Sudamericana de Naciones es el marco político de la integración sudamericana, siendo un paso importante para su conformación, la convergenciade los proyectos, procesos y organismos de integración comercial y económica, inclusive sectoriales ya existentes; Que, de acuerdo al mandato de la Declaración del Cusco y con el fin de elaborar las propuestas concretas referidas a los cursos de acción que se considerennecesarios, entre otros, se han previsto reuniones a nivel de Jefes de Estado, que son la instancia máxima de conducción política, y a nivel de Cancilleres, como ámbitode decisión ejecutiva del proceso. Adicionalmente, se han realizado las siguientes reuniones: Reunión de Vicecancilleres (Lima, 7 de marzo de 2005), la PrimeraReunión de Ministros de Relaciones Exteriores (Brasilia, 18 y 19 de abril de 2005), en la que se aprobaron las directrices de acción conforme al mandato de ladeclaración del Cusco, así como la Reunión de las Secretarías Técnicas regionales y subregionales de la Comunidad Sudamericana de Naciones (Lima, 30 y 31de mayo de 2005); Que la Primera Reunión de Jefes de Estado de la Comunidad Sudamericana de Naciones tendrá lugar losdías 29 y 30 de setiembre de 2005, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, la misma que estará precedida por una Reunión de Ministros deRelaciones Exteriores, el día 29 de setiembre; Que, la citada reunión de Jefes de Estado es particularmente importante pues en ella se estableceránlas directrices que marcarán el curso del proceso de la integración sudamericana, las mismas que quedarán plasmadas en la Declaración de Brasilia, a ser suscritapor los mandatarios sudamericanos; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene a su cargo las labores de la Secretaría Pro Tempore de laComunidad Sudamericana de Naciones, encargo que asumió en la III Reunión de los Presidentes de los países de América del Sur celebrado en Cusco el 8 de diciembrede 2004; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje del Embajador Oscar José Ricardo Maúrtua deRomaña a la ciudad de Brasilia para participar en la Primera Reunión de Jefes de Estado de la Comunidad Sudamericana de Naciones; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m)del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley del Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2005, y el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, para participar enla Primera Reunión de Jefes de Estado de la Comunidad Sudamericana de Naciones así como en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores, a celebrarse en laciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, los días 29 y 30 de setiembre de 2005. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Oscar José Ricardo Maúrtua de Romaña por concepto de pasajes US$ 2,315.50, viáticos US$600.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.24, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta