NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G31/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de setiembre de 2005 Artículo 3º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 16623 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G20/G79/G20/G74/GE9/G72/G6D/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G72/G6C/G61/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G61/G6E/G74/G65/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 828-2005-DE/EP Lima, 22 de setiembre de 2005Visto, el Oficio Nº 18476-DIEDE/SD PMTO Y EVAL/ DPTO EDUC/C-4.c.3 del 31 Ago 2005, de la Subdirecciónde Planeamiento y Evaluación de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército, comunica el cambio de fecha de viaje a la República de Chile en Comisión deServicio del Tte. Inf. CACERES MARCHENA Eduardo Miltón del 2 al 11 noviembre del 2005. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 416-2005 DE/ EP del 1 AGO 2005, se autoriza al Tte. Inf. CACERES MARCHENA Eduardo Miltón, para visitar la Escuela de Infantería del Ejército de Chile, en Comisión de Servicio,en el período comprendido del 18 al 27 julio del 2005; De conformidad al Artículo 3º de la R.S. Nº 416-2005 DE/EP del 1 AGO 2005, el Sr. Ministro de Defensa, quedafacultado para variar la fecha de inicio y término del nombramiento, sin exceder el período total establecido; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifíquese el Artículo 1º de la R.S. Nº 416-2005-DE/EP del 1 de AGO 2005, debiendo quedarredactado de la siguiente manera: "Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Tte. Inf. CACERES MARCHENA Eduardo Miltón, para visitar la Escuela deInfantería del Ejército de Chile, en el período comprendido del 2 al 11 de noviembre del 2005". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 16622 ECONOMÍA Y FINANZAS /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G79/G20/G67/G61/G72/G61/G6E/G74/GED/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G41/G67/G75/G61/G73/G20/G64/G65/G54/G75/G6D/G62/G65/G73/G20 /G53/G2E/G41/G2E/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G73/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73/G2C/G20/G5A/G61/G72/G75/G6D/G69/G6C/G6C/G61/G20/G79/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6D/G69/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72 DECRETO SUPREMO Nº 126-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 160-2002-EF, se ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de la Agenciade Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN,conforme al cual se aprobó el plan de promoción de la inversión privada de los servicios de agua potable y alcantarillado que actualmente son competencia de laEmpresa Prestadora de Servicios de Tumbes -EMFAPATUMBES S.A.; Que, por acuerdos de Concejos Provinciales de Tumbes Nº 037-2004-MPT-SG de fecha 15 de junio de2004, de Zarumilla Nº 105-2004-MPZ-SG de fecha 31 demayo de 2004 y de Contralmirante Villar Nº 020-2004-MPCVZ de fecha 19 de mayo de 2004 se encargó a laAgencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción de la Licitación Pública Especial para la entrega en concesión de los serviciosde saneamiento en las provincias de Tumbes, Zarumillay Contralmirante Villar. Que, con fecha 22 de julio de 2005, se adjudicó la buena pro de la Licitación Pública Especial para la entregaen concesión de los servicios de saneamiento en lasprovincias de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villaral Consorcio Latinaguas - Concyssa, de acuerdo a loprevisto en las bases de la licitación antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el artículo 6º de la Ley Nº 26438, concordante con elartículo 4º de la Ley Nº 26885, permite que el Estadootorgue mediante contrato, a las personas jurídicas que realicen inversiones bajo el marco de los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, lasseguridades y garantías que mediante decreto supremoen cada caso, se consideren necesarias para protegersus adquisiciones e inversiones, de acuerdo a lalegislación vigente; Que, en virtud de lo antes expresado, procede otorgar mediante contrato, las seguridades y garantías a que serefiere el considerando precedente a favor de la empresaAguas de Tumbes S.A., la misma que ha sido constituida por el adjudicatario de la buena pro Consorcio Latinaguas - Concyssa, la cual de acuerdo a las Bases de la Licitaciónsuscribirá el Contrato de Concesión de los servicios desaneamiento en la jurisdicción de los MunicipiosProvinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villary municipios distritales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el artículo 6º de laLey Nº 26438, el artículo 4º de la Ley Nº 26885, el TextoÚnico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley delPoder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Seguridades y garantías Otórgase mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado de la República del Perú respecto a la inversión que realice la empresa Aguas de Tumbes S.A. en virtud del Contrato de Concesión para la mejora,ampliación, mantenimiento, operación y explotación dela infraestructura y los servicios de agua potable yalcantarillado sanitario en la jurisdicción de los MunicipiosProvinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar y municipios distritales correspondientes. Artículo 2º.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de la garantía a que se refiere el artículo precedente será la que determine el respectivo contrato,observándose lo dispuesto por los Decretos SupremosNº 059-96-PCM y Nº 060-96-PCM, así como por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el artículo 6º de la Ley Nº 26438 y por el Contrato de Concesión a quese refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- Autorización para la suscripción Autorízase al Viceministro de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a suscribir en representación del Estado de la República del Perú el contrato que otorgue lasseguridades y garantías referidas en el artículo 1º delpresente Decreto Supremo.