Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (29/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G31/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de setiembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Educación, para que interponga las acciones pertinentes contra las Resoluciones Directorales Nºs. 6759 y 0099, emitidas por la Dirección Regional deEducación de Arequipa y la Unidad de Servicios Educativos de Caravelí, respectivamente, de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación los antecedentes de la presente Resolución, para suconocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 16500 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G78/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G44/G69/G76/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G61/G3A/G20/G4C/G61/G4D/G75/G6A/G65/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G20/G41/G6E/G74/G69/G67/G75/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0594-2005-ED Lima, 26 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-2005-ED, de fecha 20 de septiembre de 2005, se resuelve conformaruna Comisión Multisectorial encargada de la coordinación y organización de la Exposición “Divina y Humana: La Mujer en el Perú y México Antiguos”, la cual estaráintegrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Educación, quien la presidirá; Que, el artículo 2º de la citada Resolución Suprema dispone que las entidades que conforman la Comisión Multisectorial deberán nombrar a sus respectivos representantes mediante Resolución de su Titular, dentrode los cinco (5) días de publicada la Resolución en mención; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Dr. Pedro Patrón Bedoya, Secretario General, como representante del Ministerio de Educación en la Comisión Multisectorial encargada de la coordinación y organización de la Exposición “Divina yHumana: La Mujer en el Perú y México Antiguos”. Regístrese y comuníquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 16566 ENERGÍA Y MINAS /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72 /G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 388-2005-MEM/DM Lima, 12 de setiembre de 2005VISTO: El Expediente Nº 31155103, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de la servidumbrede ocupación de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal paraServicio Público de Electricidad Nº 8696; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996,ha solicitado la imposición de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular indispensable para la instalación de la subestación dedistribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8696, ubicada frente a la Avenida Los Faisanes Nº 181, LotizaciónSemirrústica La Campiña, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 14,25 metros cuadrados, de propiedadde NOVATEC PAGANI S.A., para la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8696, conformeconsta en la Escritura Pública de fecha 23 de mayo de 2005, extendida por el Notario de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, cuya copia obra en elExpediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencionalpara el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbreconvencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, razón por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposiciónde servidumbre a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, conforme al numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley delProcedimiento Administrativo General, y numeral 3 del artículo 75º de la misma Ley; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 219-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz delSur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del bien de propiedad de NOVATEC PAGANI S.A., para la instalación de la subestación de distribución eléctricacompacta de tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8696, ubicada frente a la Avenida Los Faisanes Nº 181, Lotización Semirrústica La Campiña,distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Escritura Pública de fecha 23 de mayo de 2005, extendida por el Notario de Lima, doctorRicardo Ortiz de Zevallos Villarán, en los términos y condiciones estipulados en la misma, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados porla empresa, conforme al siguiente cuadro: