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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (01/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 315972 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2006 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario de la SUNAT para participar en la Asamblea General del CIAT que se realizarÆ en Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2006-EF/10 Lima, 29 de marzo de 2006Visto el Oficio Nº 112-2006-SUNAT/1A0000, de fecha 27 de marzo de 2006, remitido por la Secretaria Generalde la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 22 de diciembre de 2005, el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, ha cursado invitación a la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo, Superintendente Nacional deAdministración Tributaria, para que funcionarios de la Entidad participen en la 40º Asamblea General del CIAT, cuyo tema central será “La recaudación potencial comometa de la Administración Tributaria”, que se llevará a cabo del 3 al 6 de abril del presente año, en la ciudad de Florianópolis, Estado de Santa Catarina, RepúblicaFederativa del Brasil; Que, el desarrollo del tema central, proporcionará a los participantes conocimientos, técnicas y mejoresprácticas relacionadas a la proyección y análisis de la recaudación tributaria y recaudación potencial, estrategias para alcanzar dicha recaudación, control delcumplimiento y combate de la evasión, la importancia de intercambio de información, la cooperación internacional, entre otros temas; Que, se ha considerado de vital importancia la participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Intendente Nacional de Estudios Tributarios yPlaneamiento de la SUNAT, en el referido evento, por cuanto los temas a tratar son de especial interés para el desarrollo de las funciones de dicha Institución,redundando en el cumplimiento de las metas y objetivos de la mismas y, por tanto, en los intereses del país; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país es necesario autorizar dicho viaje, debiendo la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT- asumir con cargo a su presupuestocorrespondiente al ejercicio 2006, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, en el inciso j) del Artículo 8º de la Ley Nº 28652, en el Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, en la Ley Nº 27619, y en el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, IntendenteNacional de Estudios Tributarios y Planeamiento de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, a la ciudad de Florianópolis, Estado de Santa Catarina,República Federativa del Brasil, a partir del 1 y hasta el 7 de abril de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 947.43Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa CORPAC (TUUA) US$ 30.25 Artículo 3° .- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza, deberá presentar a su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05858 Disponen que la SUNAT transfiera al Ministerio en la Cuenta Principal delTesoro Pœblico los recursos prove-nientes de la disponibilidad financiera obtenida RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2006-EF/76 Lima, 30 de marzo de 2006Visto el Informe Nº 025-2006-EF/76.16 de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, mediante el cual seha determinado la disponibilidad financiera que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT deberá transferir al Ministerio de Economía yFinanzas, de acuerdo a lo establecido en la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 28653. CONSIDERANDO: Que, mediante la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas para que la SUNAT,dentro del primer trimestre del 2006, le transfiera la mayor disponibilidad financiera obtenida en el año 2005 así como el Saldo de Balance del año 2004, a que se refiere el artículo42.2 de la Ley Nº 28411 y el artículo 34º de la Directiva Nº 006-2005-EF/76.01 Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarialpara el Año Fiscal 2005 aprobada por la Resolución Directoral Nº 009-2005-EF/76.01, respectivamente. Que, la disponibilidad financiera es entendida como la totalidad de recursos financieros de libre disposición con que cuenta la Entidad; determinada por la diferencia entre los Ingresos captados y los Egresos comprometidosdurante el año fiscal 2005, que incluye además cualquier otro recurso financiero de libre disposición; Que, en consecuencia, es necesario disponer que la SUNAT deposite en la Cuenta Principal del Tesoro Público la suma de S/. 190 000 000,00 de acuerdo a lo establecido en la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 28653 -Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; De conformidad con el artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006; SE RESUELVE:Artículo Único.- La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, deberá depositar en laCuenta Principal del Tesoro Público la suma de Ciento Noventa Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 190 000 000,00) con cargo a la disponibilidad financiera registrada en las respectivascuentas que administra la citada Superintendencia por la fuente de financiamiento "Recursos Directamente Recaudados". Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05948