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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (01/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 315973 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2006 Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la AdministraciónPœblica correspondiente al mes de abrilde 2006 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 004-2006-EF/77 Lima, 31 de marzo del 2006 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto dePersonal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formuladosobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en locorrespondiente al mes de ABRIL 2006 se sujetará al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 11 DE ABRIL Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la República Ministerio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y Finanzas Poder Judicial Ministerio de JusticiaMinisterio Público Consejo Nacional de la Magistratura Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras deAgricultura Tribunal Constitucional Contraloría General de la RepúblicaJurado Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identificación y Estado CivilUniversidades Públicas 12 DE ABRIL Ministerio de Salud Ministerio de Energía y Minas Ministerio de la ProducciónMinisterio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Social Ministerio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de AgriculturaMinisterio de Agricultura Ministerio de Transportes y Comunicaciones 17 DE ABRIL Ministerio de Educación: USES 01,03 y 07 Ministerio de Defensa 18 DE ABRIL Ministerio de Educación; excepto USES 01,03 y 07Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 19 DE ABRIL Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 19 DE ABRIL Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economía y Finanzas Contraloría General de la RepúblicaPoder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Público Consejo Nacional de la MagistraturaTribunal Constitucional Jurado Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos ElectoralesDefensoría del Pueblo Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras deAgricultura Universidades Públicas Ministerio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones 20 DE ABRIL Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Salud Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la ProducciónMinisterio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Social Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura 21 DE ABRIL Ministerio de EducaciónGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 24 DE ABRIL Ministerio de Defensa 25 DE ABRIL Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén aplicando lo dispuesto en el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 347-90-EF, dichas Autorizaciones seránaprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones conla antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Órdenes por los mencionados conceptos seefectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracióno quien haga sus veces. La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a serabonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presentada enmedio magnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Viceministro de Hacienda 05953 Aprueban Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado para lospliegos del Gobierno Nacional, de losmeses de abril, mayo y junio del aæofiscal 2006 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 019-2006-EF/76.01 Lima, 31 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de