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PÆg. 315979 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2006 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre,quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05584 Reconocen servidumbres a favor de concesiones definitivas de distribuciónde las que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2006-MEM/DM Lima, 20 de marzo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31180905, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedadparticular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta subterránea para Servicio Público de ElectricidadNº 5195; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución deenergía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre deocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta subterránea para ServicioPúblico de Electricidad Nº 5195, ubicada en el Lote 3-4, Mz. G, frente a la avenida Javier Prado, Urbanización Jacarandá, Sector 1, distrito de San Borja, provincia ydepartamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 15,345 metros cuadrados, de propiedadde Capitel Inversiones S.A.C., para la subestación de distribución eléctrica compacta subterránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5195, conforme consta en elContrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 21 de julio de 2004, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia deservidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendode aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Leyde Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido conlos requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 014-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobreel bien de Capitel Inversiones S.A.C., para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta subterránea para Servicio Público de ElectricidadNº 5195, ubicada en el Lote 3-4, Mz. G, frente a la avenida Javier Prado, Urbanización Jacarandá, Sector 1, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima,constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 21 de julio de 2004, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a ladocumentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expe- Descripción de la servidumbre Área de Propietario Tipo de diente Servidumbre terreno 31180905 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: Capitel Urbano Nº 5195 15,345 m² Inversiones y sus aires. S.A.C. Ubicación: distrito de San Borja,provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM:Vértice Norte Este A 8 663 508,778 284 080,834 B 8 663 508,817 284 077,534 C 8 663 504,167 284 077,479 D 8 663 504,128 284 080,778 Artículo 2º.- Son de aplicación a las servidumbres reconocidas en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicaspertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05580 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2006-MEM/DM Lima, 20 de marzo de 2006VISTO: El Expediente Nº 31182005, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de laservidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipopedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 5497; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución deenergía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre deocupación sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctrica compacta de tipo pedestal paraServicio Público de Electricidad Nº 5497, ubicada en la calle La Paz Nº 811 - Nº 821 - Nº 825, esquina con la calle Bolívar Nº 328 - Nº 330, distrito de Miraflores,provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha