Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (01/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 315988 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2006 Artículo Tercero.- El gasto por concepto de viáticos que irrogue la aplicación de la Presente Resolución será cubierto por el programa de gastos de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, con posteriorreembolso del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo con el detalle siguiente: Nombres y Apellidos Viáticos Número T otal por día de días Viáticos S/. S/. Rodolfo Pereira Terrones 135.00 5 675.00 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisiónel citado funcionario deberá presentar un informe al señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05874 Aprueban inafectación del IGV e ISC correspondiente a donacionesefectuadas a favor de diversas instituciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0371-2006-RE Lima, 29 de marzo de 2006Vistos los expedientes Nº 14272-2005 y Nº 2658- 2006, presentados por la ASOCIACION LAS MANOSDE DIOS, mediante los cuales solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donaciónrecibida de Mission Possible, con sede en Miami, Florida, Estados Unidos; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácterasistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos deaceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 13 de setiembre de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de Miami, se observa queMission Possible, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS; Que, el bien donado consiste en un (01) tubo electrón CX 2708, marca E2V; con un peso bruto de 7.00 Lbs., y un valor FOB de US$ 3,600.00 (Tres mil seiscientos y 00/100 Dólares Americanos); la donación servirá para elequipamiento e implementación de JN 19, canal de televisión educativo UHF 19, para educar a través de los medios audiovisuales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Mission Possible a favor de la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Mission Possible a favor de la ASOCIACION LAS MANOS DE DIOS que consiste enun (01) tubo electrón CX 2708, marca E2V; con un peso bruto de 7.00 Lbs., y un valor FOB de US$ 3,600.00 (Tres mil seiscientos y 00/100 Dólares americanos); ladonación servirá para el equipamiento e implementación de JN 19, canal de televisión educativo UHF 19, para educar a través de los medios audiovisuales. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05875 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0372-2006-RE Lima 29 de marzo de 2006 Visto, el expediente Nº 1214-2006, presentado por la asociación SOCIOS EN SALUD -SUCURSAL PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo alConsumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Dispensary Association - IDA, con sede en Amsterdam, Holanda; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de do naciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEXque conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 719-91-PCM -Ley de Cooperación TécnicaInternacional y el Decreto Supremo N° 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación Técnica Internacional;