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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G34/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de abril de 2006 Articulo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en elSistema Electrónico de Adquisiciones y Contratacionesdel Estado - SEACE, remitiéndola adjuntando los Informes Técnico y Legal sustentatorios a la Contraloría General de la República y al ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 06401 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61 /G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G73/G74/G69/G6C/G6C/G65/G72/G6F/G73/G4E/G61/G76/G61/G6C/G65/G73/G20/G45/G63/G75/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 380-2006-DE/SG Lima, 6 de abril de 2006 Visto la Carta DES-2006-140 de fecha 24 marzo 2006, del Director Ejecutivo de los Servicios Industriales de laMarina S.A. (SIMA-PERU S.A.). CONSIDERANDO: Que es conveniente para los intereses de los Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERUS.A.), nombrar en Comisión del Servicio en elExtranjero a un Oficial Superior y un ingeniero a fin que participen en el intercambio en los Astilleros Navales Ecuatorianos (ASTINAVE) en el área deconstrucción y reparaciones navales a realizarse enla ciudad de Guayaquil-Ecuador, a partir del 17 al 23de abril 2006, con la finalidad de adquirir experienciasa través de intercambios profesionales con otros Astilleros de la Región, para cuyo efecto dicha entidad ha designado al Capitán de Navío Carlos ArturoPILCO Pérez y al ingeniero Julio Cesar LUZAFerioli; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionariospúblicos; Ley Nº 27170, que determina que ServiciosIndustriales de la Marina S.A. (SIMA-PERU S.A.), seencuentra bajo el ámbito de regulación del FondoNacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); artículo 1º del D.S. Nº 047- 2002-PCM que incluye a las empresas comprendidasen el FONAFE y establece que la autorización de viajesal exterior de los servidores y funcionarios públicosde los Ministerios se otorgará por ResoluciónMinisterial; artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 que establece que podrán autorizarse aquellos viajes que resulten indispensables paraasegurar el cumplimiento de los objetivos y metasfijadas para el año 2006; Resolución Ministerial Nº 093-2006-DE/SG que aprueba el Plan Anual de Viajes, delSector Defensa para el Año Fiscal 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión del Servicio del Capitán de Navío Carlos Arturo PILCOPérez e ingeniero Julio Cesar LUZA Ferioli, a laciudad de Guayaquil-ECUADOR, a partir del 17 al 23abril del 2006, con la finalidad de que participen en elintercambio en los Astilleros Navales Ecuatorianos (ASTINAVE) en el área de construcción y reparaciones navales a llevarse a cabo en la referidaciudad. Artículo 2º.- Los Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERÚ S.A.) efectuará el pago quecorresponda de acuerdo a los conceptos siguientes, cuya inversión no genera gasto alguno al Estado y/o Tesoro Público.PASAJES: LIMA - GUAYAQUIL (ECUADOR) - LIMA US$ 440.00 X 2 personas VIÁTICOS: US$ 200.00 X 8 días X 2 personasTARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO: US$ 30.25 X 2 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la Comisión,sin exceder el período total establecido en el Artículo 1º del presente dispositivo. Artículo 4º.- El referido Oficial Superior y Funcionario deberá presentar un informe detallado ante el Titular dela Entidad, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentrode los QUINCE (15) días calendario siguientes a la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a liberación o exoneración de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 06402 JUSTICIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G54/G65/G78/G74/G6F/G20 /GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65 /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G2D/G20/G54/G55/G50/G41/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E DECRETO SUPREMO Nº 009-2006-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2002-JUS, se aprobó el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos - TUPA del Archivo General de la Nación; Que, es necesario modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Archivo General de la Nación, a fin de incluir procedimientos yservicios que brinda el Archivo General de la Nación; Que, de acuerdo con el artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, lacreación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se aprueba por Decreto Supremo del sector; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del ArchivoGeneral de la Nación, de acuerdo con el anexo que formaparte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Déjase sin efecto el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Archivo General de la Nación, aprobado por Decreto SupremoNº 017-2002-PCM. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la casa de Gobierno, a los siete días del mes de abril del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia