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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G34/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de abril de 2006 FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus de placa de rodaje Nº VG-7300 (2005) HORARIOS : Salidas de Nazca, a las 19:00 horas. Salidas de Arequipa, los 19:00 horas. Artículo Tercero.- La Dirección de Registros y Autorizaciones deberá inscribir la presente autorizaciónen el Registro Nacional de Transporte de Personas. Artículo Cuarto.- EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A., deberá acreditar que cuenta con un capital social mínimo suscrito y pagado equivalente a S/. 170,000.00(50 UIT) y que los ómnibus de placas de rodaje Nºs. VG-6904 y VG-6905 cuentan con el Seguro Obligatorio deAccidentes de Transito vigente, previa a la emisión delos Certificados de Habilitación de Habilitación Vehicular respectivos. Artículo Quinto .- La presente Resolución deberá ser publicada por EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A.en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30)días calendario, contados a partir de la fecha en que laautoridad competente expidió la orden de publicación. Artículo Sexto .- EXPRESO ANTEZANA HNOS. S.A., iniciará el servicio dentro de los treinta (30) díascalendario, contados a partir del día siguiente de la fechade publicación de la presente Resolución. De no iniciar elservicio dentro del plazo establecido en el párrafoprecedente, se declarará la caducidad de la concesión interprovincial. Artículo Setimo.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Registros yAutorizaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK P. ALLEMANT F. Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 03449 VIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G2D /G64/G6F/G20/G4D/G49/G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1 /G65/G6E/G20/G53/G69/G6E/G67/G61/G70/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2006-VIVIENDA Lima, 7 de abril de 2006 VISTO: El acuerdo 04-6D-2006 del Directorio del Fondo MIVIVIENDA S.A. de fecha 9 de marzo del 2006, sobreautorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación remitida vía fax por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Singapur seinformó que la señora Ivanna Fabiola Loncharich Lozanoha sido admitida al curso “Executive Programme in Housing”, que se llevará a cabo del 11 al 25 de abril de 2006, en Singapur, bajo los auspicios de “Singapur Cooperation Programme Training Awards” (SCPTA) ; Que, los temas a tratar en dicho curso están relacionados a los objetivos institucionales del FondoMIVIVIENDA S.A. - 2006, por lo que es indispensable laparticipación de la señora Ivanna Fabiola LoncharichLozano, Especialista en Finanzas de la Gerencia de Desarrollo para el conocimiento de los temas de desarrollo de vivienda en diversos países; Que, en consecuencia y a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del FondoMIVIVIENDA S.A. es necesario autorizar dicho viaje,cuyos gastos relacionados al pasaje ida y vuelta y la tarifa Corpac serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Fondo MIVIVIENDA S.A. y los gastos relacionados aldesempeño del curso así como la estadía seráncubiertos por el Gobierno de Singapur;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37° del Decreto Legislativo N°560, modificado por la LeyNº 27779, la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y por el Decreto de Urgencia Nº 002- 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la señora Ivanna Fabiola Loncharich Lozano, Especialista en Finanzas de la Gerencia de Desarrollo del Fondo MIVIVIENDA S.A. alcurso “Executive Programme in Housing” , que se llevará a cabo del 11 al 25 de abril de 2006, en Singapur, bajo losauspicios de “Singapur Cooperation Programme Training Awards” (SCPTA), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, según se indica, serán concargo al Presupuesto del Fondo MIVIVIENDA S.A., deacuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : US$ 2392.84 - Tarifa CORPAC: US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el funcionarioautorizado según el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestosde Aduana de cualquier clase o denominación a favordel funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 06455 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G61/G74/G72/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G6D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6C/G61/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G72/G20/G62/G69/G6C/G6C/G65/G74/G65/G73 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 053-2006-BCRP VISTOS: El Informe Nº 002-2006-CIR210 emitido por el Departamento de Procesamiento del Numerario el 2 defebrero de 2006, por el que se solicita y justifica lanecesidad de actualizar los patrones de las máquinasde clasificar billetes marca De la Rue, modelo 3700. El Informe Técnico Nº 0021-2006-ADM210 emitido por el Departamento de Ingeniería y Mantenimiento el 9 de febrero de 2006, en el que se concluye que el serviciode actualización de patrones de las máquinas de clasificarbilletes, debe ser realizado por el proveedor extranjeroDe la Rue, fabricante de los equipos y siendo la empresaPrecisión Perú S.A. la única representante de dicho fabricante en nuestro país, recomiendan se gestione con dicha empresa la realización de los trabajosnecesarios a través de un proceso de exoneración. El Informe de Estudio de Mercado Nº 0026-2006- ADM110 emitido por el Departamento de ProgramaciónLogística el 6 de marzo de 2006, en el que se establece que la empresa Precisión Perú S.A. es la única autorizada por la empresa De La Rue para efectuar el serviciosolicitado, cuyo valor referencial asciende a US$ 51629,34, incluido tributos. El Informe Legal Nº 051-2006-JUR200 emitido por la Subgerencia de Asesoría Legal en Asuntos Contenciosos y Administrativos, en el que se opina que la contratación del servicio de actualización de patrones