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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (19/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de abril de 2006 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los queresulten responsables, por presunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades de Falsedad Ideológica y Genérica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntosjudiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06755 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G72/G65/G6D/G6F/G6E/G69/G61 /G64/G65/G20/G61/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G49/G74/G61/G6C/G69/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 055-2006-P/TC Lima, 17 de abril de 2006 VISTA la comunicación cursada por la Corte Constitucional Italiana; CONSIDERANDO: Que con ocasión del Quincuagésimo Aniversario de la Corte Constitucional de Italia, se desarrollarán entre los días 20 y 23 de los corrientes, las actividades decelebración de dicha efeméride en la ciudad de Roma; Que dada la importancia de que este Colegiado esté debidamente representado en tan importante evento, elPleno ha acordado autorizar al Magistrado doctor Javier Alva Orlandini, para que asista a la referida ceremonia e imponga la distinción con la Medalla de Honor del TribunalConstitucional del Perú "José Faustino Sánchez Carrión" a la Corte Constitucional de Italia; y adicionalmente, del 24 al 26 del presente mes, realice una visita de trabajo ala referida Corte y a los órganos jurisdiccionales italianos, para intercambiar experiencias e información relevantes; Que el evento internacional y la visita señaladas resultan de interés para los objetivos institucionales, por permitir el intercambio de conocimientos y experiencias valiosas en beneficio de la justicia constitucional peruana; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Javier Alva Orlandini, Magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, a la ciudad de Roma, Italia, del 20 al 26 de abril del 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, será con cargoal presupuesto del Pliego del Tribunal Constitucional, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 1,877.36 Viáticos US$ 1,820.00Impuesto de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el referido viaje, el citado Magistrado informará sobre las acciones realizadas y los resultadosobtenidos, con motivo de su participación en el mencionado evento internacional y de la gestión encomendada.Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos de ninguna clase o denominación en favor del Magistrado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Presidente 06832 UNIVERSIDADES /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73 /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20 /G61/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 191 Lima, 16 de febrero de 2006Visto el Oficio Nº 002-2006-CPPADADM-UNI de fecha 27 de enero de 2006 emitido por la Comisión Permanentede Procesos Administrativos Disciplinarios de Personal Administrativo; CONSIDERANDO: Que, los servidores públicos son responsables civil, penal y administrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de las sanciones de carácterdisciplinario por las faltas que cometan, conforme al artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 276, que aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público; Que las faltas de carácter disciplinario deben ser sancionadas, previo proceso administrativo escrito ysumario, que estará a cargo de una Comisión de Carácter Permanente, cuyos integrantes serán designados por Resolución del Titular de la entidad conforme lo prescribeel artículo 164º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; Que mediante Resolución Rectoral Nº 0295 de fecha 17 de marzo del 2005, se nombra a los miembros de la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios para el Personal Administrativo de la Universidad Nacional de Ingeniería; Que en concordancia con lo prescrito por el artículo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le seanremitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario; Que mediante Oficio Nº 059-2005-OCPER-UNI del 7 de febrero del 2005, la Oficina Central de Personal pone en conocimiento del señor Rector, que la servidora señora Amelia Barbarita Zárate Luque, Técnico AdministrativoIII del Centro de Computo de la Universidad, habría incurrido en abandono de cargo, el mismo que se encuentra incurso en el artículo 28º inciso k) del DecretoLegislativo 276, en el que se indica, que son faltas de carácter disciplinario, las ausencias injustificadas por más de tres días consecutivos o por mas de cinco díasno consecutivos en un periodo de treinta días calendario o mas de quince días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta días calendario; Que, derivado el citado documento a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Personal Administrativo de la UNI,mediante Oficio Nº 002-2006-CPPADADM-UNI de fecha 27 de enero de 2006, en uso de la facultad conferida por el artículo 166º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM, luego del estudio y calificación de los documentos antes citados, recomienda la procedencia de instaurar proceso administrativodisciplinario contra la servidora Amelia Barbarita Zárate Luque, quien presuntamente se encontraría en falta graves por ausencias injustificadas en sufunción laboral, lo que se encuentra tipificado en el artículo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276;