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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (22/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 317153 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 financiera sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP, a favor del Ministerio para garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en su calidad de concesionario. En tal caso, paradeterminar el monto de la carta fianza se aplicará el valor señalado en el primer rango, según el ámbito de concesión. En caso que la concesión abarque dos (2) omás ámbitos, la carta fianza deberá ser emitida por el monto correspondiente al primer rango del mayor ámbito de concesión, de acuerdo con los siguientes cuadros: Concesión Local y Regional Ingresos anuales V alor de expresados en UIT carta fianza De 0 a 5 1.5 UIT Mayor de 5 a 22 3 UIT Mayor de 22 a 44 5 UIT Mayor de 44 7 UIT Concesión Nacional Ingresos anuales V alor carta fianza expresados en UIT De 0 a 15 2 UIT Mayor de 15 a 103 6 UIT Mayor de 103 10 UIT Concesión Internacional Ingresos anuales V alor carta fianza expresados en UIT De 0 a 25 3 UIT Mayor de 25 a 125 8 UIT Mayor de 125 13 UIT La carta fianza en los términos anteriormente descritos no constituye un requisito para el otorgamiento de la concesión, pero si constituye un requisito indispensablepara la suscripción del contrato de concesión.” “Artículo 7º A.- En el mes de enero de cada año, el concesionario postal deberá presentar una declaración jurada anual en el formato que apruebe el Ministerio, sobre el monto total anual de sus ingresos brutos facturados ypercibidos por la prestación del servicio postal, correspondiente al ejercicio fiscal del año inmediato anterior, deducido el impuesto general a las ventas. La declaraciónjurada anual estará sujeta a verificación posterior por parte del personal autorizado del Ministerio. En todos los casos, para efecto de determinar el monto de la renovación de la carta fianza se tendrá en cuenta la declaración jurada anual y se aplicará los valores indicados por ingreso y ámbito de concesión en los cuadros señaladosen el artículo 7º. “Artículo 8º.- Presentada la solicitud conforme al artículo anterior, el Ministerio emitirá resolución dentro del plazo de treinta (30) días calendario, aprobando o denegando la concesión y en su caso autorizando la suscripción delcontrato de concesión. Procederá el silencio administrativo positivo si ha transcurrido el plazo indicado sin que se hubiera expedido la resolución correspondiente, siempre ycuando el interesado hubiere cumplido con los requisitos señalados en el artículo 7º, excepto la carta fianza que podrá ser presentada hasta antes de la suscripción delcontrato de concesión. La suscripción del contrato de concesión se realizará dentro de un plazo máximo de treinta (30) díascalendario de notificada la resolución correspondiente. Para tal efecto, el interesado deberá cumplir con el pago de la tasa respectiva y la presentación de la cartafianza señalada en el inciso d) del artículo 7º. En caso de incumplimiento, la resolución de otorgamiento de concesión quedará sin efecto de pleno derecho, sinperjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente”. La concesión entrará en vigencia a partir de la suscripción del contrato respectivo”. “Artículo 24º.- El servicio postal se presta en régimen delibre competencia y las tarifas se rigen por las reglas del mercado. No obstante lo dispuesto en el párrafo precedente, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fijará yactualizará el precio máximo para el servicio postal social, de conformidad con los principios establecidos en la Constitución Política y la normativa vigente, previo informetécnico sustentatorio. Dicho precio se ajustará a los principios de precio asequible, orientación a costos y no discriminación. Entiéndase por servicio postal social, la correspondencia ordinaria y no prioritaria, a través de cartas de un peso no mayor de 20 gramos, intercambiadas por personas naturalesdentro del territorio nacional. Este servicio forma parte del servicio universal postal, de conformidad a los convenios internacionales en materia postal suscritos por el Perú.” “Artículo 31º.- Constituyen causales de resolución del contrato de concesión, las siguientes: (…) d) No renovar las cartas fianzas a su vencimiento o en los términos señalados en los artículos 7º-A y 23 º. e) El acuerdo de disolución y liquidación o la declaración de quiebra del concesionario postal. f) La utilización de la red postal pública, sin previo acuerdo. g) Otras previstas o establecidas como tales en el contrato de concesión y en otras normas pertinentes. Artículo 2º.- Incorpórese el Capítulo XV-A al Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC, el cual tendrá el siguiente texto: “CAPÍTULO XV - A “Artículo 47- A.- Red postal pública Se entiende por red postal pública, al conjunto de medios interconectados, de todo orden, operado por SERPOST que permite: a) La admisión y la clasificación de los envíos postales, a partir de los puntos de acceso en todo el territorio de laRepública. b) El transporte de éstos envíos desde el punto de acceso hasta el de distribución. c) La distribución y entrega en la dirección indicada en el envío postal. SERPOST tiene la obligación de expandir, mantener y conservar la red postal pública”. “Artículo 47-B.- Acceso a la red postal pública Se garantiza el acceso a la red postal pública a todos los usuarios y concesionarios postales, en condiciones deigualdad, transparencia, objetividad y no discriminación. En caso los concesionarios postales requieran utilizar la red postal pública para prestar un servicio postal, deberánsuscribir previamente con SERPOST un contrato de acceso a la red postal pública, el que contendrá las condiciones técnicas y económicas de acceso a la misma. Dichoscontratos deben constar por escrito y deben ser presentados al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su inscripción en el Registro Nacional deConcesionarios del Servicio Postal. Su ejecución debe realizarse en los términos y condiciones negociados de buena fe entre las partes. El período de negociación y suscripción del contrato de acceso a la red pública postal no puede ser superior a sesenta (60) días calendario siguientes a la fecha enque se haya solicitado el acceso a SERPOST, prorrogable, hasta por un plazo máximo de treinta (30) días calendario. Vencido el plazo anterior, si las partes no se hubieran puesto de acuerdo en los términos y condiciones del acceso, podrán recurrir ante el Indecopi en virtud de las normas delibre competencia”. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Ministerio queda facultado para dictar las normas complementarias que resulten necesarias para elmejor cumplimiento del presente Reglamento. Segunda.- Las personas jurídicas o naturales que cuentan con concesión postal, a partir de la vigencia de