Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2006 (04/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano viernes 4 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325761

Designan Viceministro de Energia
RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2006-EM

MORDAZA, 3 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, al doctor MORDAZA Gamio Aita, como Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00733-7

Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara derecho a devolucion definitiva del IGV, IPM y otros impuestos al consumo que le sea trasladado o pague Petrolifera Petroleum del Peru S.A.C. por Contrato de Licencia en el Lote 107
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 364-2006-MEM/DM

MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTO el expediente Nº 1607678 y sus anexos Nº 1612835 y Nº 1618684, formado por la empresa Petrolifera Petroleum del Peru S.A.C., sobre la aprobacion de la lista de bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 107; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27624 se establecio el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los articulos 6º y 10º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promocion Municipal y cualquier otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestacion o utilizacion de servicios y contratos de construccion, directamente vinculados a la exploracion, durante la fase de exploracion de los Contratos y la ejecucion de los Convenios de Evaluacion Tecnica; Que, el literal c) del articulo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgaran el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo deberan estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolucion Ministerial del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de MORDAZA de 2004, ha sido aprobada la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a los titulares de las actividades de exploracion de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27624 y su Reglamento; Que, mediante expediente Nº 1607678, de fecha 18 de MORDAZA de 2006, la empresa Petrolifera Petroleum del Peru S.A.C, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 107, suscrito el 1 de setiembre de 2005, ha solicitado al Ministerio de Energia y Minas la aprobacion de la lista de los bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promocion Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a su favor; Que, a la suscripcion del referido Contrato ya se encontraba vigente la Ley Nº 27624, modificada por la Ley Nº 27662, por lo que el beneficio solicitado por la referida empresa sera a partir de la fecha de inicio del primer periodo de la fase de exploracion de dicho Contrato, es decir a partir del 27 de octubre de 2005, de acuerdo a lo informado por Perupetro S.A., mediante Carta GGRL-CONT-0955-2006, de fecha 12 de junio de 2006;

Designan Viceministra de Minas
RESOLUCION SUPREMA Nº 045-2006-EM

MORDAZA, 3 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar a la funcionaria que desempenara dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, como Viceministra de Minas del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 00733-8

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