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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (04/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325776El Peruano viernes 4 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, Haití constituye un caso emblemático de lucha por la preservación de la democracia, recuperación dela institucionalidad; superación de una de la más grave crisis política, social y económica de la región; y, de respeto a los derechos humanos; Que, Argentina ha convocado para el próximo viernes 4 de agosto una reunión del Grupo 2x7, a nivel de Vicecancilleres y Viceministros de Defensa de los países latinoamericanos que aportan tropas a la Misión deEstabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), es decir, Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Guatemala, Perú y Uruguay; Que, dicha reunión tiene como objeto coordinar las actividades que desarrollarán a futuro los diferentes países que aportan tropas a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) teniendo en cuenta los recientes cambios políticos acaecidos en dicho país y el próximo vencimiento del mandato de la referida Misión de Naciones Unidas (15 de agosto), el mismo que debería ser renovado; Que, el Perú tiene un importante papel que cumplir en el seguimiento y evaluación del tema Haití por sus implicancias a nivel regional y mundial, en su calidad demiembro del Consejo de Seguridad, del cual depende la Misión de Estabilización de Naciones Unidas en Haití así como país que aporta, desde noviembre de 2004, tropasa la MINUSTAH, y que apoya la labor que realiza la OEA en dicho país; Que, la comunidad internacional debe continuar comprometida con la estabilización política, social yeconómica en Haití orientando la cooperación hacia la recuperación de las instituciones, la superación de la crisis económica, el apoyo humanitario y la búsqueda del desarrollo social; Teniendo en consideración la Hoja de Trámite (GPX) Nº 2335, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior de 31 de julio de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modificatoria la Ley Nº 28807; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; y su modificatoria, el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, AntonioJavier Alejandro García Revilla, Subsecretario de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Buenos Aires, RepúblicaArgentina, para participar en la reunión del mecanismo 2x7 que se celebrará el día 4 de agosto de 2006. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del citado funcionario diplomático, seráncubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01163 -Participar en Organismos Internacionales-, debiendo rendir cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de acuerdo con el siguiente detalle:Nombres y Pasajes Viáticos Número Total T arifa Apellidos por día de Viáticos Aeropuerto US$ US$ días US$ US$ Antonio Javier Alejandro García Revilla929.88 200.00 1+1 400.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión el Embajador en el Servicio Diplomático de la República,Antonio Javier Alejandro García Revilla, deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 00715-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72 /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 630-2006-MTC/01 Lima, 3 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, resulta necesario encargar dicho cargo en tanto se designe a su Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560; las Leyes Nºs. 27594 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al señor Pablo Aramburú Gardener, Director General de la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin perjuicio de seguir atendiendo su cargo y en tanto se designe a su Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 00728-1 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E /G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G42/G65/G74/G68/G65/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G65/G6E/G46/G4D/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G7A/G61/G6D/G61/G72/G69/G20/G2D/G50/G61/G6E/G67/G6F/G61/G20/G79/G20/G43/G68/G6F/G74/G61 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 379-2006-MTC/03 Lima, 21 de julio del 2006