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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (05/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 5 de agosto de 2006 325843REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1141/INC Lima, 20 de julio de 2006 VISTO, el Informe Nº 1059-2006-INC/DREPH/DA/ SDSP-AAA de fecha 18 de mayo de 2006, del Lic. Arturo Asencios Agama y el Lic. Vicente Cortéz Billet, arqueólogos de la Subdirección de Supervisión y Peritajes de la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registroy Estudio del Patrimonio Histórico; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura estáencargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante el Informe Nº 1059-2006-INC/ DREPH/DA/SDSP-AAA de fecha 18 de mayo de 2006, el Lic. Arturo Asencios Agama y el Lic. Vicente Cortéz Billet, arqueólogos de la Subdirección de Supervisión y Peritajes de la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, solicitan se declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico El Arenal, ubicado en el distrito de Santa Cruz de Flores, provincia de Cañete,departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 525 de fecha 28 de junio de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico El Arenal, ubicado en el distrito de SantaCruz de Flores, provincia de Cañete, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico El Arenal, ubicado en el distrito deSanta Cruz de Flores, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º de la presenteresolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 00690-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1143/INC Lima, 20 de julio de 2006VISTO, el Oficio Nº 708-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 4 de mayo de 2006 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargadode registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 708-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 4 de mayo de 2006 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamento de Arequipa, elaborados por el Lic. Adan Olegario UmireÁlvarez; Que, mediante Informe Nº 531-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/LDZM de fecha 7 de julio de 2006, la Subdirecciónde Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que los expedientes técnicos nopresentan observaciones y que los sitios arqueológicos no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 579 de fecha 17 de julio 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Pukara de San Andrés Sector A y B, ubicado en el distrito de Pampamarca, provincia de La Unión, departamento de Arequipa; 2. Pucara Santiago, ubicado en el distrito de Chichas, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa; 3. Pucara de Queñuaymarca, ubicado en el distrito de Chichas, provincia de Condesuyos, departamentode Arequipa; 4. Q'oqori A, ubicado en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; 5. Q'oqori B, ubicado en el distrito de Coporaque, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 6. Tantarniyoq, ubicado en el distrito de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa; - Aprobar los Planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pukara de San Andrés Sector A y B, Nº 407-INC-PETT -2004, a escala 1/5000, de fecha setiembre de 2004, Sector A con un área de 1.4170 ha. y un perímetro de 9.9252 m.l.; Sector B con un área de 467.43 m y un perímetro de 1,835.62ml. ubicado en el distrito de Pampamarca, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pucara Santiago Nº 410-INC-PETT -2004, a escala 1/2500, de fecha octubre 2004, con un área de 5.1219 ha. y un perímetro de 916.75 ml. ubicado en el distrito de Chichas,provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pucara de Queñuaymarca, Nº 409-INC-PETT-2004, a escala 1/ 2500, de fecha octubre de 2004, con un área de 2.5027ha. y un perímetro de 968.40 m.l. ubicado en el distrito deChichas, provincia de Condesuyos, departamento deArequipa, con su respectiva ficha técnica y memoriadescriptiva. 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Q'oqori A Nº 405-INC-PETT -2005, a escala 1/2500, de fechasetiembre 2004, con un área de 3.0277 ha. y un perímetrode 919.69 ml. ubicado en el distrito de Chivay, provincia