Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2006 (18/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano viernes 18 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

326487

El Reglamento de la presente Ley es aprobado por decreto supremo refrendado por el Ministro del Interior, en un plazo MORDAZA de quince (15) dias calendario de recibida la propuesta. CUARTA.- Adecuacion Todas las personas naturales y juridicas que se encuentren prestando servicios de seguridad privada tienen un plazo de noventa (90) dias calendario, contado a partir de la vigencia del Reglamento de la presente Ley, para adecuarse a las normas dispuestas tanto en la Ley como en el referido Reglamento. DISPOSICIONES FINALES Y DEROGATORIAS PRIMERA.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de su Reglamento en el Diario Oficial "El Peruano"; con excepcion de la Primera, MORDAZA y Tercera Disposiciones Transitor ias y la Primera Disposicion Final y Derogatoria de esta Ley que entran en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". SEGUNDA.- MORDAZA derogatoria Derogase, a partir de la vigencia del Reglamento de la presente Ley, el Decreto Supremo Nº 005-94-IN; asi como todas las demas disposiciones que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de agosto del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 01193-1

Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, se aprobo el "Cronograma de Transferencia para el ano 2003, a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, y Proyectos de Inversion en Infraestructura Productiva de Alcance Regional", entre los cuales se encuentra el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, el Decreto Supremo Nº 021-2003-VIVIENDA, publicado el 23 de agosto de 2003, dispone entre otros, la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha del Instituto Nacional de Desarrollo al Gobierno Regional de Ica, asi como la creacion de su Consejo Directivo, como MORDAZA organo de dicha entidad, encargado de establecer las politicas, planes, actividades, metas y estrategias de la institucion. Asimismo, supervisa la administracion general y la marcha institucional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0717-2003AG, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA Chepote MORDAZA, como representante del Ministerio de Agricultura en el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, creado por Decreto Supremo Nº 021-2003-VIVIENDA; Que, se ha visto por conveniente ratificar la designacion MORDAZA mencionada; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y el Decreto Supremo Nº 021-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ratificar al Ing. MORDAZA MORDAZA Chepote MORDAZA, como representante del Ministerio de Agricultura en el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha, creado por Decreto Supremo Nº 021-2003-VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 01168-1

Designan Directores Generales de las Oficinas Generales de Administracion, de Planificacion y de Investigacion Agraria del INIEA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00139-2006-INIEA MORDAZA, 17 de agosto de 2006 CONSIDERANDO:

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Ratifican representante del Ministerio en el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1097-2006-AG MORDAZA, 17 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, dando cumplimiento a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, y la Tercera Disposicion Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por el Articulo 7º de la Ley Nº 27902; a traves del

Que, el cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del INIEA, prevista en el Cuadro Analitico de Personal - CAP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 010-2006-AG, se encuentra vacante; Que, el cargo precitado, esta clasificado como "cargo de confianza" a que se refiere el articulo 43º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal del INIEA, por mandato de la Decima Primera Disposicion Complementaria del Decreto Ley Nº 25902 Ley Organica del Ministerio de Agricultura; Que, la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, establece que procede el ingreso a la administracion publica, cualquiera sea el regimen laboral, siempre y cuando se cuente con plaza presupuestada. Entiendase por plaza presupuestada al cargo contemplado en el CAP que cuente con el financiamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo Gener ico de Gasto 1 "Personal y Obligaciones Sociales" conforme al Presupuesto Analitico de Personal de la entidad";

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