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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326492El Peruano viernes 18 de agosto de 2006 experiencia en materia comercial que requieran algunas Misiones Diplomáticas; Que, para el mejor aprovechamiento de las relaciones económicas es necesaria la participación de funcionarios técnicos especializados que permitan apoyar la labor que realiza la Cancillería en la promoción económica y especialmente en la identificación de nuevas oportunidades comerciales, el desarrollo de nuevos mercados y la promoción de inversiones y el turismo; Que, los agregados, cualquiera sea su naturaleza dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deben cumplir además las instrucciones que se les imparta; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confianza; el Decreto Supremo Nº 19-95- RE, que aprueba la remuneración por servicio exterior; y la Resolución Ministerial Nº 0533-2002-RE, Reglamento de Operaciones de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor José Mario D'Andrea Rivera, en el cargo de confianza de Agregado Económico Comercial, nivel F-3, a la Embajada del Perú en la República de Panamá, a partir de la fecha. Artículo Segundo.- El citado funcionario percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior el equivalente al de un Consejero en el Servicio Diplomático de la República en dicha Embajada. Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01174-3 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E /G46/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G61/G20/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73 /G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F /G42/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G42/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G46/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G61/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0989/RE-2006 Lima, 14 de agosto de 2006 Vista la Resolución Suprema Nº 170-2004-RE, de 25 de mayo de 2004, que establece la conformación peruana del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú- Ecuador, del Directorio del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú-Ecuador y del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú- Ecuador; CONSIDERANDO: Que, la designación de los miembros peruanos del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, del Directorio del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú-Ecuador y del Grupo Binacional de Promoción de la Inversión Privada Perú-Ecuador, se realizará a través de Resolución Ministerial del sector Relaciones Exteriores; Que, los Presidentes Regionales de los departamentos del ámbito del Plan Binacional deDesarrollo de la Región Fronteriza han designado al señor César Trelles Lara, Presidente de la Región Piura, como representante de la región fronteriza, en las Reuniones del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, que se llevarán a cabo en el año 2006; Teniendo en cuenta el Memorándum (BIN) Nº 052, de la Dirección Ejecutiva Nacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador, de 12 de junio de 2006; y lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3676, del Gabinete de Coordinación del Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 27 de junio de 2006; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; y la Resolución Suprema Nº 170-2004-RE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor César Trelles Lara, Presidente de la Región Piura, como representante de la Región Fronteriza e integrante peruano en las reuniones del Directorio Ejecutivo Binacional del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza Perú-Ecuador. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01174-4 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G22/G49/G49/G20 /G43/G75/G72/G73/G6F /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G3A/G20/G52/G65/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G6E/G66/G65/G72/G6D/G65/G72/G61/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G67/G6C/G6F/G20/G58/G58/G49/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G69/G64/G61/G64/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G63/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G43/G72/GED/G74/G69/G63/G6F/G20/G28/G53/G68/G6F/G63/G6B/G20/G54/G72/G61/G75/G6D/G61/G20/G79/G43/G75/G69/G64/G61/G64/G6F/G73/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G73/G69/G76/G6F/G73/G29/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0993/RE-2006 Lima, 14 de agosto de 2006 VISTO:El Oficio Nº 696-2006-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la oficialización del evento "II Curso Internacional: Retos de la Enfermera del Siglo XXI en el cuidado integral del Paciente Crítico (Shock Trauma y Cuidados Intensivos)", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 24 al 27 de agosto de 2006. CONSIDERANDO:Que, la ciudad de Lima es sede del evento "II Curso Internacional: Retos de la Enfermera del Siglo XXI en el cuidado integral del Paciente Crítico (Shock Trauma y Cuidados Intensivos)", que se llevará a cabo del 24 al 27 de agosto de 2006, el cual viene siendo organizado por el Departamento de Enfermería del Hospital "Daniel Alcides Carrión"; Que, el mencionado evento tiene por objetivo brindar conocimientos actualizados de Enfermería en el tratamiento de pacientes críticamente enfermos en los servicios de Cuidados Intensivos, Emergencia y Trauma Shock, con patologías coronarias, pulmonares del adulto, cerebro vascular del adulto, quirúrgicas, infecciosas, metabólicas, así como en el control de infecciones y bioseguridad en Áreas Críticas; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992;