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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (18/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326490El Peruano viernes 18 de agosto de 2006 Generales de Planificación y Presupuesto, y Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, con eficacia anticipada a partir del 13 de junio del 2006, el Acuerdo de Cooperación Institucional entre el Fondo de Cooperación Hispano Peruano - FONCHIP , el Gobierno Regional de Tacna y el Ministerio de la Producción, para ejecutar el “Programa de Extensión Pesquera en las Comunidades Pesqueras Artesanales del Litoral del Departamento de Tacna - 2006”, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería a suscribir el Acuerdo de Cooperación Institucional a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- La Dirección Regional de la Producción de Tacna, la Dirección General de Pesca Artesanal, y la Unidad de Gestión del Proyecto PADESPA Perú, ejecutarán las actividades materia del Acuerdo aprobado en el primer artículo, según sus competencias, a fin de cumplir con el objetivo y metas del Programa. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial al Gobierno Regional de Tacna y a la Dirección Regional de la Producción de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 01130-1 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G43/G61/G64/G65/G6E/G61/G20/G41/G6C/G67/G6F/G64/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G54/G65/G78/G74/G69/G6C/G20/G2D/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2006-PRODUCE Lima, 15 de agosto del 2006 Vistos: La Resolución Ministerial Nº 0117-2006-AG y sus modificatorias Nºs. 0494-2006-AG y 0610-2006-AG y, el Memorando Nº 0747-2006-PRODUCE/DVI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0117-2006- AG, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0494 y 0610-2006-AG, se constituyó la Comisión Técnica Multisectorial de la Cadena Algodón-Textil-Confecciones; Que, conforme al artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0610-2006-AG, la Comisión indicada estará integrada, entre otros, por dos representantes, Titular y Alterno, del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo previsto en el artículo 4º de la Ley Nº 27594 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, concordado con el literal g) del artículo 11º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y, estando a lo opinado en el Informe Técnico Nº 011-2006-PRODUCE/DVI-MRB; Con el visado del Viceministro de Industria y la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los señores Luis Paz Silva y María Teresa Huillca Manco, como representantes Titular y Suplente, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Técnica Multisectorial de la Cadena Algodón - Textil - Confecciones. Artículo 2º.- Remitir al Ministerio de Agricultura copia de la presente Resolución Ministerial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 01130-2RELACIONES EXTERIORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G53/G43 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G61/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G69/G6E /G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G75/G63/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0977/RE-2006 Lima, 10 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 6123-2006, presentado por la ASOCIACION MUJER SANA mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Planned Parenthood Federation of America, Inc., con sede en Nueva York, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION MUJER SANA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93- PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 6 de noviembre de 2005, legalizada por el Consulado General del Perú en Washington D.C. se observa que, Planned Parenthood Federation of America, Inc., ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION MUJER SANA; Que, los bienes donados consisten en cuatro (4) paletas conteniendo 146 cartones con 228,600 Vinate (vitaminas con suplementos prenatales), 600 unidades de T de cobre (IUD copper T380a), 66,000 Lo Fem (Lo femenal) y 1,500 reactivos de diagnóstico de embarazo para orina, con un peso bruto de 903.57 kilos, y valorizado en US$ 45,818.80 (Cuarenta y cinco mil ochocientos dieciocho y 80/100 Dólares americanos) arribados en contenedor Nº TCNU9228569. La donación es en beneficio de la Asociación Mujer Sana: asistencia social en campo de la salud (planificación familiar); Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Planned Parenthood Federation of America, Inc. a favor de la ASOCIACION MUJER SANA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto