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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (18/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 18 de agosto de 2006 326503REPUBLICADELPERU los señores magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, en lo concerniente al cambio de sellos, logotipos, material de oficina, cambio del nombre del frontis de la sede central y de las dependencias judiciales que la conforman, debiendo también, por propia iniciativa disponer la difusión interna y externa de la nueva denominación; Por cuyos fundamentos, en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º, incisos 3 y 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia; RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales y administrativos de esta Corte Superior de Justicia usen la nueva denominación de esta Sede Judicial, es decir: Distrito Judicial de Lima Norte; en aplicación de la Ley número 28765, publicada el veintiocho de junio último en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Oficina de Administración Distrital desarrolle toda actividad dirigida al cumplimiento cabal de la presente resolución. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital y de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ ALBERTO INFANTES VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 01161-1 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73 /G64/G65/G20/G50/G61/G7A/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G72/G72/G65/G73/G79/G20/G4C/G6F/G73/G20/G4F/G6C/G69/G76/G6F/G73/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G64/G69/G67/G69/G74/G65/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G62/G61/G6A/G6F/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G4A/G75/G65/G7A RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 392-2006-CSJLN/PJ Independencia, diez de agosto del dos mil seis.- VISTO:El Oficio Nº 2781-2006-A-CSJLN-P , remitido por la Oficina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, tal como lo dispone el inciso 3, del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es obligación del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo. Que, mediante el oficio de visto, la Oficina de Administración comunica que se han concluido los trabajos de informatización de los Juzgados de Paz Letrados de San Martín de Porres y Los Olivos y que, a la fecha se encuentran pendientes las acciones destinadas al ingreso de información y digitación de expedientes de cada uno de los órganos jurisdiccionales. Que, por tal motivo, resulta necesario adoptar las medidas administrativas pertinentes destinadas al ingreso de la data al sistema informático. Que, como es de conocimiento público la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, no cuenta con el presupuesto ni los recursos humanos que puedan destinarse exclusivamente a la digitación de expedientes, por lo que, considerando que la referida informatización redundará en beneficio de los justiciables, este Despacho estima conveniente establecer un plazo prudencial con la finalidad que el propio personal de los Juzgados se avoque a esa tarea, para lo cual los señores Magistradosdeben adoptar medidas necesarias a efectos de no afectar la atención al público. Que, por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3 y 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia; RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que el personal de los Juzgados de Paz Letrado de San Martín de Porres y Los Olivos, ingrese la información y digite los expedientes a su cargo, bajo la supervisión del Juez. El ingreso de la información debe culminar a más tardar el día 25 de agosto del año en curso. Artículo Segundo.- Los señores Jueces adoptarán las medidas pertinentes, orientadas a no afectar la atención al público. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Informática preste el apoyo y capacite al personal jurisdiccional en el uso del sistema implementado. Artículo Cuarto.- DISPONER que la encargada del Archivo Central adopte las medidas necesarias con la finalidad de almacenar los expedientes que resulten de la depuración que se efectuara al momento de la digitación. Artículo Quinto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administración. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ ALBERTO INFANTES VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Norte 01161-2 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G65/G73/G61/G73/G20/GDA/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65 /G50/G61/G72/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G7A/G20/G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G73 /G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G61/G73/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G72/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G4C/G6F/G73 /G4F/G6C/G69/G76/G6F/G73/G2C/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G61/G6E/G20/G64/G65/G6D/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G73/G75/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 393-2006-CSJLN/PJ Independencia, diez de agosto del dos mil seis. VISTO:Las Resoluciones Administrativas Nºs. 226-2005- CSJCN/PJ y 392-2006-CSJLN/PJ de fechas 27 de junio del año dos mil cinco y 10 de agosto del año en curso, respectivamente; y, CONSIDERANDO:Que, tal como lo dispone el inciso 3, del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es obligación del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo. Que, mediante las resoluciones administrativas de visto se ha dispuesto la informatizado los Juzgados de Paz Letrados de Comas, San Martín de Porres y Los Olivos, los que cuentan con sus respectivas mesas únicas de partes. Que, a la fecha las referidas mesas de partes, únicamente reciben escritos y denuncias por faltas, teniendo que trasladarse el personal auxiliar a recoger las demandas a la Sede Central con el consiguiente peligro y los gastos que por ello se realizan, más aún, se recogen las demandas una vez a la semana, lo que influye en la dilatación del trámite procesal. Que, por ello, estando a que las citadas unidades jurisdiccionales se encuentran informatizadas, cuentan con el equipamiento necesario; y, a fin de reducir los gastos, inversión de tiempo y recursos humanos, esta