Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2006 (13/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2006

Que, mediante Informe Nº 2510-2005-GP/SGDAC/DR/ RENIEC se ha determinado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actualmente titular de la Inscripcion Nº 44894616, obtuvo indebidamente la Inscripcion Nº 23564666, bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA sustentando su identidad con Boleta de Inscripcion Militar Nº 075 registrando como fecha y lugar de nacimiento el 1 de MORDAZA de 1975, en la MORDAZA de Anta, Provincia de Acobamba, Departamento de Huancavelica; hecho que se encuentra acreditado con el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 554-2005/GP/BG/ RENIEC, elaborado por Perito Especializado de la Gerencia de Procesos, que concluye que se trata de dos personas biologicas diferentes registradas con el mismo nombre; habiendose establecido con el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 486/2006/B/GP/RENIEC que la persona que obtuvo en forma irregular la Inscripcion Nº 23564666, es la misma persona identificada con el nombre MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien actualmente tiene la Inscripcion Nº 44894616; Que, mediante Informe Nº 101-2006-HYC/SGDAR/GP/ RENIEC se ha determinado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 21101599, obtuvo indebidamente la Inscripcion Nº 21102736, bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA sustentando su falsa identidad con la libreta de siete digitos Nº 4457947 y la Libreta Militar Nº 27133242; posteriormente el mismo ciudadano mediante el Formulario de Identidad Nº 20853283, obtuvo el Documento Nacional de Identidad Nº 20880023 que corresponde al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que se encuentra corroborado con el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 3302005/GP/SGDAC-AP, elaborado por Perito Especializado de la Gerencia de Procesos, que concluye que se trata de dos personas biologicas diferentes, la primera registrada como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 4457947, Nº 20880023 y la MORDAZA persona con dos identidades como MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Inscripcion Nº 21101599 y como MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Inscripcion Nº 21102736 y en el Formulario de Identidad Nº 20853283 con el que obtuvo el Documento Nacional de Identidad Nº 20880023; Que, si bien la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral mediante Resoluciones Nos. 045 y 038-2006/ SGDAR/GP/RENIEC respectivamente, ha dispuesto la cancelacion y exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 23564666 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y las Inscripciones Nos. 21102736, 20880023 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por usurpacion de identidad; los hechos MORDAZA descritos se encuentra tipificados como delito contra la fe publica en la modalidad de falsedad ideologica y generica, previsto en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica y generica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6692-4

RESOLUCION JEFATURAL Nº 1078-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 9 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 002477- 2005/GP/SGDAC/RENIEC, y el Informe Nº 668-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 21 de junio de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones, a traves de la entonces Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que una persona aun no identificada, ha obtenido irregularmente la inscripcion Nº 42118090 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, registrando como lugar de nacimiento, el distrito de MORDAZA, provincia de Humalies, departamento de Huanuco; Que, mediante los informes remitidos se ha podido determinar que para obtener indebidamente la inscripcion Nº 42118090, se ha utilizado un documento que contiene datos falsos , siendo que el nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no se encuentra registrado en los archivos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Huanuco; conforme se ha determinado con el Oficio Nº 0014-REC-MDM/H, remitido por dicha Oficina Registral de fecha 22 de MORDAZA del 2002. Que, si bien la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, mediante la Resolucion Nº 241-2004/ GP/SGDAC-RENIEC, ha procedido a la exclusion de la inscripcion Nº 42118090, de lo expuesto se puede determinar que se han insertado datos falsos para obtener indebidamente una inscripcion en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; conducta prevista y sancionada en el articulo 428º del Codigo Penal, como delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro de Nacional de Identidad y Estado Civil. En atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra; y, De conformidad con los dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase todo lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 6692-5

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